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Concurso de acreedores

EMBAIBOR SL EN LIQUIDACION

CIF B82989880Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
518/01/201429/11/2021
Procedimiento
520/2013
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID · MERCANTIL - 3 · Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal29/11/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID Proc. 520/2013Juez : José Antonio Alonso AlmarazAuto 11/11/2021

    1.- Estimo competente a este Órgano judicial para conocer de la solicitud declaración de concurso consecutivo. Declaro a D.FRANCISCO JAVIER MENA QUINTANILLA

  2. Otro acto concursal23/11/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 520/2013Juez : EMILIO ZORNOZA ARANAAuto 11/11/2021

    QUE EN EL CONCURSO ABREVIADO 520/2013 VOLUNTARIO REFERENTE AL CONCURSADO EMBAIBOR SL, SE HA DICTADO CON FECHA 11/11/2021, AUTO DE APROBACION DEL PLAN DE LIQUIDACION PRESENTADO POR LA ADMINISTRACION CONCURSAL.

  3. Otro acto concursal25/10/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID Proc. 520/2013Auto 13/07/2021

    Resolución sobre las facultades de administración

  4. Apertura de liquidación25/10/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID Proc. 520/2013Juez : CRISTINA CIFO GONZALEZAuto 13/07/2021

    Que DEBO APROBAR y apruebo el plan de liquidación presentado por la Administración concursal de doña caro/jna Bornay Egido conforme al cual se llevarán a cabo las operaciones de liquidación,

  5. Otro acto concursal18/01/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de MadridAuto 26/12/2013

    Don Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 520/13 se ha dictado auto por el Juez don Jesús Alemany Eguidazu de fecha 26 de diciembre de 2013 declarando en concurso voluntario abreviado al deudor Embaidor, S.L., con CIF B-82989880, con N.I.G. 28079100070202013. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos de acuerdo con el artículo 85 de la LC. - La comunicación de dichos créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por el administrador concursal don Juan Francisco Torres Carbajal, en calle General Díez Porlier, 18, Bajo B, 28001 Madrid, con correo electrónico [email protected] - No producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado. 4.º El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado, indicando que el Registro Público Concursal no está desarrollado reglamentariamente. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 27 de diciembre de 2013.- Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.