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Concurso de acreedores

EMADUAN SOCIEDAD LIMITADA

CIF B95573333Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
306/07/201321/07/2016
Procedimiento
392/2013
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao (Bizkaia) Juicio concurso abrev

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal21/07/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de BilbaoProc. 392/2013Auto 06/07/2016

    El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao, Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 392/2013, en el que figura como concursado/a Emaduan, S.L., CIF B95573333, se ha dictado el auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de masa activa. La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor. Asimismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora. Dicho Auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno. Bilbao, 6 de julio de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

  2. Declaración de concurso29/10/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao (Bizkaia) Juicio concurso abrevProc. 392/2013Auto 11/10/2013

    Edicto Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao (Bizkaia) Juicio concurso abrev. 392/2013. Parte demandada Emaduan, S.L., con CIF número B95573333, sobre concurso voluntario. Que en el procedimiento concursal número 392/2013 referente al concursado Emaduan, S.L., por auto de fecha 11-10-2013, cuya parte dispositiva es la siguiente: 1.º Se aprueba el plan de liquidación en los términos presentados por el Administrador Concursal de la entidad en concurso. En lo no previsto en el plan de liquidación se aplicarán las normas legales supletorias (art. 149 LC). 2.º Recordar a la Administración Concursal la presentación de los informes del artículo 152 de la LEC. 3.º En caso de suspenderse las operaciones de liquidación con motivo de las impugnaciones del inventario o de la lista de acreedores, se podrá requerir a los impugnantes para que presten una caución que garantice los posibles daños y perjuicios por la demora. 4.º Anunciar por edictos la aprobación del plan de liquidación, que se fijará en el BOE, en el Registro Público Concursal cuando se encuentre operativo, y tablón de anuncios de la Oficina Judicial (artículos 23 y 144 de la LC) preferentemente por vía telemática. La publicación en en Boletín Oficial del Estado tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado. Inscríbase en la hoja abierta a la entidad en el Registro Mercantil este Auto aprobando el plan de liquidación (art. 24.2 LC). 5.º Fórmese la Sección Sexta que se encabezará con testimonio de esta resolución, del auto de declaración del concurso y del informe del Administrador Concursal (artículo 167.1 LC). Hágase constar en el edicto que dentro de los diez días siguientes a la última publicación de esta resolución acordando la formación de la Sección Sexta, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. 6.º Notificar la presente resolución al deudor y a los acreedores personados. Se ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial para llevar a efecto la diligencia de Notificación. Bilbao, 11 de octubre de 2013.- El Secretario Judicial.

  3. Apertura de liquidación06/07/2013
    ⚖️ BILBAOProc. 392/2013Auto 17/06/2013

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 392/2013, NIG n.º 48.04.2-13/011019, por auto de 20/05/2013, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Emaduan, Sociedad Limitada, con NIF B95573333, con domicilio en calle Diputación, número 8, 1, dpto. 10 Bilbao y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Bilbao. La misma resolución ha acordado abrir la fase de liquidación del concurso con arreglo a lo dispuesto en el artículo 191 ter de la Ley Concursal, y ha declarado disuelta a la concursada, cesando en su función a los administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal. 2.º Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal. 3.º Que la administración concursal está integrada por D.ª Susana Dávila Ruiz. DNI: 30584508M Domicilio: Bilbao. Dirección profesional: c/ Iparraguirre, 38, principal dcha. Profesión: Economista. Teléfono: 94.443.77.92 Fax: 94.443.77.92 Correo electrónico: [email protected] 4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Bilbao (Bizkaia), 17 de junio de 2013.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.