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Concurso de acreedores

ELZA ALMACEN DE PAPEL SL

CIF B33954520Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
425/05/201023/12/2021
Procedimiento
0000188/2010 · 188/2010
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE OVIEDO

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal23/12/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE OVIEDO Proc. 0000188/2010Auto 17/09/2018

    Cese de Administrador concursal

  2. Conclusión del concurso23/12/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE OVIEDO Proc. 0000188/2010Auto 17/09/2018

    Auto de conclusión de concurso

  3. Apertura de liquidación30/03/2011
    ⚖️ OVIEDOProc. 188/2010Auto 28/02/2011

    El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Oviedo, Anuncia: Que en Procedimiento concursal número 188/2010 Mesa 5 referente al concursado Elza Almacén de Papel, Sociedad Limitada Unipersonal, con domicilio en la Avenida de la Agricultura, número 26, Local 4. Polígono Bankunión 2. Tremañes. Gijón. CIF: B33954520 por auto de fecha 28 de febrero de 2011 se ha acordado lo siguiente: 1.º Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. 2.º Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3.º Se ha declarado disuelta la entidad Elza Almacén de Papel, Sociedad Limitada Unipersonal, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. Oviedo, 28 de febrero de 2011.- El Secretario Judicial.

  4. Otro acto concursal25/05/2010
    ⚖️ OVIEDOProc. 188/2010Auto 16/04/2010

    El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Oviedo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: Primero.-Que en el procedimiento 188/2010, por auto de 16 de abril de 2010 se ha declarado en concurso voluntario al deudor "Elza Almacen de Papel, Sociedad Limitada", Unipersonal, con CIF B-33954520, con domicilio Gijón, Asturias, polígono "Bankunión 2", Tremañes, avenida de la Agrícultura, número 26, local 4, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Gijón. Segundo.-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de quínce días a contar de la última pubicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado" y en el periódico "La Voz de Asturias". Oviedo, 16 de abril de 2010.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.