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Concurso de acreedores

ELPON CEREMONIAS SL

CIF B65382947Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
129/11/201629/11/2016
Procedimiento
795/2016

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso29/11/2016
    ⚖️ BARCELONAProc. 795/2016Auto 11/11/2016

    Edicto dando Publicidad a la Declaración de Concurso Doña María José Hompañera González, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.° 10 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado.- Mercantil número 10 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.° 111, edificio C, planta 13, de Barcelona. Número de asunto.- Concurso voluntario número 795/2016- D. Tipo de concurso.- Concurso voluntario abreviado. Entidad instante del concurso y CIF.- ELPON CEREMONIAS, S.L., CIF B65382947. Fecha del auto de declaración.- 9/11/16. Administradores concursales.- Eduard Milá Visaconill, con NIF 21457544Q, domicilio Rambla Catalunya, 105, 1o, 2a, 08008 Barcelona, y Teléfono número 932723786 y en calidad de abogado y dirección electrónica; [email protected] Facultades del concursado.- Suspendidas Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. En Barcelona, 11 de noviembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.