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Concurso de acreedores

ELODEA SA

CIF A24017402Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
128/07/201628/07/2016
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil nº 8 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal28/07/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 8 de MadridAuto 14/07/2016

    Edicto. Doña Verónica Calvo Moreno, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia 1º.- Que en el procedimiento número 384/16, por auto de 6.7.16 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor ELODEA SA, c/ Ayala, 95, 28006 Madrid y CIF A24017402. 2º.- Que el deudor mantiene las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal designada, Juan Carlos Santos Barja, con domicilio en C/ Sagasta, 27, 3º Izq. A, 28004 Madrid, tlfno. 914480011, fax 914469346 y como correo electrónico [email protected] a través de su relación directa con el mismo, la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito y se dirigirá a la Administración concursal al domicilio o correo electrónico expresado, con indicación de la identidad, domicilio y NIF del acreedor, debiendo indicar un domicilio o dirección de correo electrónico a los efectos de su relación con la Administración concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el "Boletín Oficial del Estado". No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguna. 4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 14 de julio de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.