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Concurso de acreedores
ELIPSE ARQUITECTURA SL
CIF B53621207Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 24/03/2009 → 08/04/2015
- Procedimiento
- 02/2009
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso08/04/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de AlicanteAuto 18/03/2015
Edicto Dña. CRISTINA CIFO GONZÁLEZ, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante, Por el presente hago saber: Que en fecha 18 de marzo de 2015 se ha dictado auto de conclusión del concurso que se tramita en este Juzgado con el n.º 224/09 frente a ELIPSE ARQUITECTURA, S.L., con C.I.F./N.I.F. número B-53621207, con domicilio en avenida Amtlla del Mart, n.º 15, planta 20, del Hotel Dynastiuc, Benidorm, siendo su parte dispositiva la siguiente: 1.- Se declara concluso el concurso de acreedores de ELIPSE ARQUITECTURA, S.L. 2.- El deudor ELIPSE ARQUITECTURA, S.L., queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares. 3.- Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor ELIPSE ARQUITECTURA, S.L., que vinieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación. 4.- Se acuerda la extinción de ELIPSE ARQUITECTURA, S.L., decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia. 5. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 18 de diciembre de 2014, complementado por informe de 5 de febrero de 2015. 6. Se acuerda el cese de lo administradores concursales, a salvo la facultad para proseguir actuaciones en defensa de intereses patrimoniales de la concursada y requiérase la devolución de la credencial Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el BOE de forma gratuita y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil Líbrense al efecto los correspondientes mandamientos y oficios que se entregan al Procurador del solicitante para su diligenciamiento, debiendo en el plazo de 5 días acreditar la presentación con los requisitos necesarios ante las oficinas correspondientes, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad profesional en caso de demora. Contra esta resolución no cabe recurso (art. 177). Alicante, 18 de marzo de 2015.- La Secretaria Judicial.
- Declaración de concurso24/03/2009⚖️ ALICANTE.Proc. 02/2009Auto 25/02/2009
Don Virginio Sánchez Barberán, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante dictó, de conformidad con el artículo 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso Dictado por este Juzgado: Juzgado: Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante Calle Pardo Gimeno,43 Número de Asunto: 224/09 Tipo de Concurso: Voluntario Ordinario Entidad instante del Concurso: Elipse Arquitectura S.L. Concursado: Elipse Arquitectura S.L. CIF: B-53621207 Representación y Asistencia Técnica: Procurador: D. José Córdoba Almela, Letrado: D. Pablo de la Vega Cavero Fecha de presentación de la solicitud: 2/02//2009 Fecha del Auto de declaración: 18/02/2009 Administrador Concursal: José Luis Ramos Fortea, Tfno 963692462, Eduardo Gómez Soler: 965920955, instalaciones Frimavi S.L. domicilio: C/ S. Fernando, 70 AC, Villena. Facultades del Concurso: El deudor conserva las facultades de administración y disposición. Llamamiento a los acreedores: Disponen de un plazo 1 mes desde la publicación de los edictos para comunicar los créditos a la administración concursal la existencia de su crédito a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación conforme establece el artículo 85 de la Ley Concursal. Forma de personación: Por medio de Abogado y Procurador ante este Juzgado. La comunicación a los acreedores no personados se hará a la administración concursal. Los autos, informes y documentación trascendental del concurso quedan en la Secretaria del Juzgado para su examen por los interesados, en horas de audiencia. Alicante, 25 de febrero de 2009.- El Secretario Judicial, Virginio Sánchez Barberán.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.