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Concurso de acreedores

Elia Borrull López con documento nacional de identida

CIF D47100346Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
107/11/202007/11/2020
Procedimiento
1157/2020
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Barcelona

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso07/11/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de BarcelonaProc. 1157/2020Auto 02/09/2020

    Rafael Huerta García letrado judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber: Número de asunto. Concurso consecutivo 1157/2020 Sección: F. NIG: 0801947120208012500. Fecha del auto de declaración. 02 de septiembre de 2020. Clase de concurso. Voluntario, consecutivo. Entidad concursada. Elia Borrull López con documento nacional de identidad 47100346A. Administradores concursales. ALBERT DE BUEN FARRÉS, Economista, con domicilio: Calle Balmes, 90, Ppal. 1.ª-B, 08008 - Barcelona y dirección de correo electrónico: [email protected] Régimen de las facultades del concursado. Suspendidas. Se tiene por presentado Plan de Liquidación o alegaciones sobre la imposibilidad de presentar Plan de Liquidación. Se da traslado a los acreedores por el plazo de 10 días para formular observaciones. Se tiene por presentado por parte del mediador concursal el Informe del art. 75 LC, al que se dará la publicidad prevista en el art. 95 LC. Régimen de facultades del concursado. Administración y disposición Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 255 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, edifici C, planta 112 - Barcelona. Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 512 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles. Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es Barcelona, 28 de octubre de 2020.- Letrado del Juzgado de lo Mercantil n.º 7, Rafael Huerta García.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.