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Concurso de acreedores
ELENCA REPRESENTACIONES ELECTRICAS SOCIEDAD LIMITADA
CIF B96256292Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 24/03/2014 → 19/03/2016
- Procedimiento
- 129/2014
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia
Cronología del expediente
- Declaración de concurso19/03/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaProc. 129/2014Auto 08/09/2015
Don Joaquín Andrés Sancho, Letrado Admon. Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores num. 129/2014 habiéndose dictado en fecha 8 de septiembre de 2015 por el Ilmo/a Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor: PARTE DISPOSITIVA Se Rectifica Auto de 9 de junio de 2015, de, en el sentido de que donde se dice en la parte dispositiva apartado 1.ª; "Se decreta la conclusión del concurso Abreviado tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 129/2014, promovido por el Procurador Sr/a, en nombre y representación de la mercantil Mariano Aguilar Soriano, y el Archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores. así como en el 5.º "Se acuerda declarar la Extinción de la mercantil Mariano Aguilar Soriano, con CIF 52.736.992-Q, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la LC) y tiene carácter de firme." En realidad debe decir: "Se decreta la conclusión del concurso abreviado tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 129/2014, promovido por el Procurador Sr. Antonio Vives Cervera, en nombre y representación de la mercantil Elenca Representaciones Eléctricas, S.L., y el Archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores. Así como en el apartado 5.º" Se acuerda declarar la extinción de la mercantil Elenca Representaciones Eléctricas, S.L., con CIF B-96256292, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la LC) y tiene carácter de firme. Contra la presente resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la solicitud o actuación de oficio (art. 214.4 LEC). Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe. Firma del Magistrado-Juez Firma del Secretario. Valencia, 24 de febrero de 2016.- El Letrado Admón. Justicia.
- Declaración de concurso24/03/2014⚖️ VALENCIAAuto 03/03/2014
Doña Cristina María Valero Doménech, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, Por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores núm. 129/14, habiéndose dictado en fecha 3 de marzo de 2014 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de Elenca Representaciones Eléctricas, S.L., con CIF B96256292, decretándose la intervención de las facultades de la mercantil, habiéndose designado administración concursal a D. Mariano Aguilar Soriano, con DNI 52.736.992-Q, con domicilio profesional en avenida Cortes Valencianas, 26, bloque 1, esc. 1, Valencia, teléfono 961487380 y correo electrónico [email protected], expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del art. 85 LC. Valencia, 3 de marzo de 2014.- La Secretaria judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.