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Concurso de acreedores

ELECTRONICA ARGAL SA

CIF A59090100Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
105/10/201905/10/2019
Procedimiento
1220/2019
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 04 de Barcelona
Administración concursal
De Pascual & Marzo Abogados, S.L.P.

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso05/10/2019
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 04 de BarcelonaProc. 1220/2019Auto 18/07/2019

    María Carmen Fernández Hidalgo, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 04 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber: Número de asunto. Concurso abreviado 1220/2019 Sección: J. NIG: 0801947120198008756. Fecha del auto de declaración. 18-7-2019. Clase de concurso: Voluntario abreviado. Entidad concursada: Electrónica Argal, S.A., con número de CIF A59090100 y con domicilio en calle Balears, 8, Alella (Barcelona), e inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona al tomo 37.843, folio 160 y hoja B-314.999. Administradores concursales. Se ha designado como administrador concursal: De Pascual & Marzo Abogados, S.L.P., quien designa a Ignacio Alonso-Cuevillas Fortuny. Dirección postal: C/ Muntaner, número 240, principal primera, de Barcelona. Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concursado: Suspendidas. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde su publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, Edifici C, planta 12 – Barcelona. Forma de personación: Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art.184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles. Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es Barcelona, 18 de julio de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, María Carmen Fernández Hidalgo.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.