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Concurso de acreedores
ELECTRODOMESTICS PREMIUM SL
CIF B43626928Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 07/04/2014 → 26/08/2025
- Procedimiento
- 184/2014
- Juzgado
- Mercantil - 1 · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Tarragona
- Administración concursal
- Incluir la
Cronología del expediente
- Otro acto concursal26/08/2025⚖️ Mercantil - 1Proc. 184/2014Juez : SANTIAGO ARAGONÉS SEIJOAuto 06/06/2025
Puesta de manifiesto del informe de rendición de cuentas por el plazo de quince dias
- Otro acto concursal07/05/2025⚖️ Mercantil - 1Proc. 184/2014Juez : SANTIAGO ARAGONÉS SEIJOAuto 28/04/2025
Auto de cese y nombramiento de nuevo Administrador concursal
- Declaración de concurso07/04/2014⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de TarragonaAuto 27/03/2014
Don Juan Holgado Esteban, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Tarragona, por el presente Edicto doy publicidad al Auto de declaración del concurso dictado por este Juzgado: Número de asunto: Concurso n.º 184/14. NIG: 4314847120148001664. Fecha del auto de declaración: 17-3-14. Clase de concurso: Voluntario. Entidad concursada: ELECTRODOMÈSTICS PREMIUM, S.L. con domilicio en Polígono Industrial Baix Ebre, c/ H, parcela 333, de Camp-Redó-Tortosa (Tarragona), CIF n.º B43.626.928, representada por la Procuradora doña Maite García Solsona y bajo la dirección letrada de doña Cristina Espinal Gil. Administrador concursal: Incluir la dirección postal y la dirección electrónica: "BLASCO CIVERA GARCÍA BAIXAULI CONCURSAL SLP" con domicilio en Pau Casals, n.º 6, 1.º, 2.ª, 43003 de Tarragona, y email "[email protected]". Régimen de las facultades del concursado: Suspensión. Llamamiento de los acreedores: Los acreedores de la concursada deberán comunicar a la Administración concursal sus créditos en la dirección postal o electrónica antes señaladas y en la forma establecida en el art. 85 de la Ley Concursal, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOE. Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en la proceso por medio de Abogado y Procurador. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado y Procurador que autoricen al efectos sin necesidad de personarse. Tarragona, 27 de marzo de 2014.- El Secretario judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.