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Concurso de acreedores
ELECTROCIR SA EN LIQUIDACION
CIF A28878841Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 12/09/2013 → 12/09/2013
- Procedimiento
- 206/2009
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil nº 2 de los de Madrid
Cronología del expediente
- Declaración de concurso12/09/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 2 de los de MadridProc. 206/2009Auto 03/09/2013
El Juzgado de lo Mercantil nº 2 de los de Madrid, en cumplimiento de lo establecido en el art. 23 de la L.C., anuncia: Que en el procedimiento concursal nº 206/2009, referente al deudor Electrocir, S.A., con C.I.F: A-28878841, por auto de fecha 31/07/13 se ha acordado lo siguiente: 1º. - Se abre la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución. 2º.- Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y de disposición del concursado sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos en el Título III de la L.C. 3º.- Se declara disuelta la entidad Electrocir, S.A., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. 4º.- Se declaran vencidos los créditos concursales aplazados y en su caso la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones. 5º.- Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación que se publicarán en el BOE y se fijará en el tablón de anuncios del Juzgado. Inscríbase asimismo, en los Registros en los que se hizo la inscripción de declaración de concurso, la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos despachos. 6º.- En el plazo de quince días, computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concurso conforme a lo dispuesto en el art. 148.1 de la L.C. Madrid, 3 de septiembre de 2013.- Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.