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Concurso de acreedores
ELECTRICITAT TEFAC SA
CIF A58044587Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 10/01/2015 → 10/01/2015
- Procedimiento
- 794/2014
Cronología del expediente
- Declaración de concurso10/01/2015⚖️ BARCELONAProc. 794/2014Auto 24/11/2014
Edicto dando publicidad a la Declaración de Concurso Doña María José Hompanera González, Secretaria judicial del Juzgado Mercantil n.º 10 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado: Mercantil n.º 10 de Barcelona, Gran Via de les Corts Catalanes, núm. 111, edificio C, planta 13, de Barcelona. Numero de asunto: Concurso voluntario núm. 794/2014-A. Tipo de concurso: Concurso voluntario abreviado. Entidad instante del concurso y CIF: Electricitat Tefac, S.A. CIF: A58044587. Fecha del Auto de Declaración: 24 de noviembre de 2014. Administradores concursales: Pere Rius Alonso, con domicilio en Rbla. del Passeig, 28, 4.º 2.ª, 08500 Vic (Barcelona), y teléfono 938 832 474 y en calidad de Abogado y dirección electrónica [email protected] Facultades del concursado: Intervenidas. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración Concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Barcelona, 15 de diciembre de 2014.- La Secretaria judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.