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Concurso de acreedores
EL INDEPENDIENTE DE CADIZ SL
CIF B72231681Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 12/03/2014 → 09/03/2023
- Procedimiento
- 1280/2013
- Juzgado
- MERCANTIL - 1 · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Cádiz
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso09/03/2023⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 1280/2013Juez : ANA MARIN HERREROAuto 20/12/2022
CONCLUSION
- Otro acto concursal12/03/2014⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de CádizProc. 1280/2013Auto 14/02/2014
Doña Covadonga Herrero Udaondo, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Cádiz, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º-Que en el procedimiento número 1280/2013, Número General del Procedimiento: 1101242M20130001096, por auto de fecha 14 de febrero de 2014, se ha declarado el concurso voluntario abreviado de la entidad mercantil deudora El Independiente de Cádiz, S.L., con CIF n.º B72231681 y domicilio social en 11001 Cádiz (Cádiz), calle Sagasta, n.º 21. 2.º-Que se ha acordado la conservación por el deudor de las facultades de administración y disposición sobre los bienes, derechos y obligaciones de su patrimonio que hayan de integrarse en el concurso quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención del Administrador concursal mendiante su autorización o conformidad. 3.º-Que los acreedores de los concursados deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC, dirigiendo la comunicación al Administrador concursal don Salvador Calderón Capilla, con domicilio en la plaza del Arenal, n.º 2, planta 5.ª, 11402 Jerez de la Frontera, y dirección de correo electrónico [email protected], a su elección. El plazo para esta comunicación es un mes a contar desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado. 4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Cádiz, 27 de febrero de 2014.- Secretario judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.