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Concurso de acreedores

EIBEL IBERICA SA

CIF A03166550Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
307/10/200930/03/2013
Procedimiento
03/2013
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante · Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante calle Pardo Gimeno 43

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso30/03/2013
    ⚖️ ALICANTEProc. 03/2013Auto 01/03/2013

    Edicto Doña Cristina Cifo Gónzalez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante, por el presente, anuncio: Que en el Concurso Abreviado nº 843/09, seguido en este Órgano Judicial, a instancia de la Procuradora Sra. Mª Dolores Poyatos Herrero, en nombre de Eibel Ibérica, S.A., con C.I.F. número A- 03166550, con domicilio en Polígono Pla de la Vallonga, parcela 9, calle1, Alicante se ha dictado auto de conclusión del concurso por inexistencia de bienes en fecha 1/03/2013, que es firme y, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva 1.- Se declara concluso el concurso de acreedores de Eibel Ibérica S.A., el cual queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares. 2.- Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor que vinieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación. 3.- Se acuerda la extinción de Eibel Iberica S.A. a la inscripción 1ª, nº 5903, folio 122, libro 292, de la Sección 3ª con C.I.F. A-03166550, con domicilio en Polígono Pla de la Vallonga, parcela 9, calle, 1, Alicante, decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiemiento al Sr. Registrador Mercantil de la provincia. 4.- Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 23/01/2013. Notifíquese la presente resolución a las partes personadas, y a los restantes acreedores reconocidos, y désele la publicidad pertinente a los términos de los artículos 23 y 24 LC, publicándose en el tablón de anuncio del Juzgado y en el BOE de forma gratuita en tanto no se cree el Registro Público Concursal. Modo de impugnación: Contra esta resolución no cabe interponer recurso. Así por este Auto, lo manda y firma el Ilmo. Sr. don Rafael Fuente Devesa, Magistrado-Juez de este Juzgado. Doy fe. Firma Magistrado - Juez.-Firma de Secretario. Y para que conste lo expido. Alicante, 1 de marzo de 2013.- La Secretaria Judicial.

  2. Apertura de liquidación23/03/2010
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de AlicanteAuto 02/03/2010

    Edicto. Don Virginio Sánchez Barberán, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante, por el presente Hago saber: Que en el presente Proc. Concursal Abreviado-000843/2009-J se ha dictado resolución cuya parte dispositiva contiene los siguientes particulares: "1.-Se acuerda poner fin a la fase común. 2.-Se decreta la apertura de la fase de liquidación y apórtese testimonio del inventario de la masa activa que consta en el informe definitivo 3.-Se acuerda la suspensión de la facultades de administración y disposición del deudor Eibel Ibérica S.A., sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal. 4.-Se declara la disolución de la mercantil Eibel Ibérica S.A, con CIF N.º A-03166550, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal. 5.-Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones. 6.-Preséntese por la Administración Concursal en el plazo de 8 días el plan de liquidación previsto en el art.148 LC, debiendo contener una enumeración de todos los activos reflejados en el inventario con su valoración y las formas concretas propuestas en cada caso para su enajenación. 7.-Procédase a la formación de la Sección Sexta de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el art.167 LC, así como informe de la Administración Concursal del artículo 74 LC (sin inclusión de anexos por su volumen) Dentro de los 5 días siguientes a la última publicación del presente auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse y ser parte en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable. (Art 168 LC). En tanto no se cree el Registro Público Concursal, publíquese el edicto en extracto en el BOE de forma gratuita. Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Itmo/a. Sr. don Rafael Fuentes Devesa, Magistrado Juez de este Juzgado. Doy fe. Y para que conste expido el presente Alicante, 2 de marzo de 2010.- El Secretario.

  3. Declaración de concurso07/10/2009
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante calle Pardo Gimeno 43Auto 21/09/2009

    Don Virginio Sánchez Barberan, Secretario del Juzgado de lo Mercantil Número 1 de Alicante dictó, de conformidad con el artículo 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado: Juzgado: Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante calle Pardo Gimeno 43. Número de asunto: 843/09-J Tìpo de concurso: Concurso Voluntario Abreviado Entidad instante del concurso: Eibel Iberica S.L, con domicilio social en Alicante, Polígono Industrial Pla de la Vallonga, parcela 9, calle 1, y CIF A-03166550 inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, inscripción 1.ª, n.º 5903, folio 122, libro 292 de la Sección 3.ª Representación y Asistencia técnica: Procuradora: Dña. María Dolores Poyatos Herrero, Letrado Juan Antonio Sánchez Cantos. Fecha de presentación de la solicitud: 10 de Julio 2009 Fecha del Auto de declaración: 21 de Septiembre de 2009 Administrador Concursal: D.Luis Sánchez Pérez con DNI nº 21412549-D, domicilio en Elda (Alicante), Plaza Mayor escalera comercial n.º 5, local 2 A tfno. 965.397.579, en su condición de economista. Fecha de aceptación: 25 de Septiembre de 2009. Facultades del concurso: Intervención Constancia del patrimonio inmobiliario: No consta Llamamiento a los acreedores: Disponen de un plazo 15 días desde la publicación de los edictos para comunicar los créditos a la administración concursal la existencia de su crédito a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ullterior reconocimiento y clasificación conforme establece el artículo 85 de la Ley Concursal. Forma de Personación: Por medio de abogado y procurador ante este Juzgado. La comunicación a los acrreedores no personados se hará a la administración concursal. Los autos, informes y documentación trascendental del concurso quedan en la Secretaría del Juzgado para su examen por los interesados, en horas de audiencia. Alicante, 25 de septiembre de 2009.- El Secretario Judicial. Virginio Sánchez Barberan.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.