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Concurso de acreedores

EFCAL SL

CIF B15162183Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
7 — 14/11/2011 → 24/08/2020
Procedimiento
459/2011 · 459/2.011
Juzgado
MERCANTIL - 1 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA · Juzgado de lo Mercantil 1 de A Coruña

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso24/08/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 459/2011Juez : NURIA FACHAL NOGUERAuto 21/07/2020

    Declarar la conclusión del concurso voluntario abreviado de la entidad EFCAL SL, con CIF B-15162183 inscrita en el Registro Mercantil de Santiago de Compostela al Tomo 197, folio 105, hoja SC-9198, por fin de la fase de liquidación y archivar.

  2. Otro acto concursal19/08/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA Proc. 459/2.011Juez : NURIA FACHAL NOGUERAuto 21/07/2020

    Cese de Administrador concursal

  3. Otro acto concursal19/08/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA Proc. 459/2.011Juez : NURIA FACHAL NOGUERAuto 21/07/2020

    Cese de las limitaciones de las facultades de administración

  4. Conclusión del concurso19/08/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA Proc. 459/2.011Juez : NURIA FACHAL NOGUERAuto 21/07/2020

    Auto de conclusión de concurso

  5. Declaración de concurso19/08/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil 1 de A CoruñaAuto 21/07/2020

    Edicto Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil 1 de A Coruña, por el presente, Hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado Sección I, Declaración Concurso 459/11, se ha dictado en fecha 21 de julio de 2020 auto que declara concluso el concurso voluntario abreviado del deudor Efcal, S.L., B-15162183, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Santiago de Compostela. "Declarar la conclusión del concurso voluntario abreviado de la entidad Efcal, S.L., con CIF B-15162183, inscrita en el Registro mercantil de Santiago de Compostela al tomo 197, folio 105, hoja SC-9198, por fin de la fase de liquidación y archivar las presentes actuaciones con los siguientes efectos: 1.-Cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor. 2.-Procederá la extinción de la entidad Efcal, S.L., y el cierre de su hoja de inscripción en el Registro mercantil a cuyo efecto expídase mandamiento por duplicado al Registro mercantil de Santiago de Compostela. Procede librar mandamiento de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los registros en los que se inscribió dicha declaración. Y aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal, que cesará en el cargo, con devolución de la acreditación, a la firmeza de esta resolución. La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 LC y se publicará en el BOE." Contra la presente resolución no cabrá interponer recurso alguno. A Coruña, 23 de julio de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.

  6. Otro acto concursal27/02/2016
    ⚖️ A CORUÑAAuto 18/11/2015

    Edicto D. Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil 1 de los de A Coruña, Hace saber: Que en este Juzgado se siguen autos de concurso voluntario abreviado 459/11-N, siendo la concursada, Efcal, S.L. CIF.- B-15162183, constando acumulado el concurso, Sermigal, S.L.U. CIF.- B-15418700, se ha acordado en fecha 18 de noviembre la conclusión y archivo del proceso concursal del deudor Sermigal, S.L., CIF.- B-15418700, y ello por insuficiencia de masa activa. A Coruña, 18 de noviembre de 2015.- Letrado de la Administración de Justicia.

  7. Declaración de concurso14/11/2011
    ⚖️ A CORUÑAAuto 25/10/2011

    Edicto. Doña Sandra Rosa Pérez Gómez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Sección I, declaración de concurso 0000459/11, se ha dictado auto en fecha 20 de octubre auto de declaración de concurso voluntario del deudor Efcal, S.L., B-15162183, cuyo centro de intereses principales lo tiene en A Coruña. 2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición de patrimonio. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse en el plazo de quince días hábiles a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador/a y asistidos de letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal). 5º.- Que ha sido nombrado administrador concursal, si bien aún no ha aceptado el cargo don Rafael González del Río con domicilio profesional en la C/ Marcial del Adalid, 17, 1.º y teléfono 981-15.01.60. A Coruña, 25 de octubre de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.