InicioJusticiaEDYCO OBRAS Y SERVICIOS SL

Concurso de acreedores

EDYCO OBRAS Y SERVICIOS SL

CIF B45499589Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
209/11/201304/02/2022
Procedimiento
264/2013
Juzgado
PRIMERA INSTANCIA/INSTRUCCIÓN/MERCANTIL - 1

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso04/02/2022
    ⚖️ PRIMERA INSTANCIA/INSTRUCCIÓN/MERCANTIL - 1Proc. 264/2013Juez : EL LETRADO DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA GARCIA DEL CASTILLO ARTUROAuto 21/12/2021

    Edicto Se declara la conclusión del concurso y extinguida la persona jurídica.

  2. Declaración de concurso09/11/2013
    ⚖️ TOLEDOProc. 264/2013Auto 06/11/2013

    Don Enrique Díaz Revorio, Secretario del Juzgado de lo Mercantil de Toledo, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número 264/2013 y NIG n.º 45168 41 1 2013 0010792, se ha dictado en fecha 30-10-2013, auto de declaración de concurso voluntario de los deudores: Edyco Obras y Servicios con CIF n.º B-45499589, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Toledo, n.º 170 de Sonseca. Técnicas de Energía y Agua con CIF n.º B-45746781, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Toledo, n.º 168 de Sonseca. Yunta & Yunta Asesores, S.L. con CIF n.º B-83133348, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Toledo, n.º 168 de Sonseca. 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal a FMC Concursal 2, S.L.P., con domicilio postal en calle Santa Fe, n.º 16 de Toledo y dirección electrónica [email protected] señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Se hace constar que las comunicaciones de créditos remitidas a este Juzgado no serán válidas. Toledo, 6 de noviembre de 2013.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.