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Concurso de acreedores

EDUCAFORT SL

CIF B64839657Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
1 — 03/10/2015 → 03/10/2015
Procedimiento
09/2015
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona
Administración concursal
D

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal03/10/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de BarcelonaProc. 09/2015Auto 17/09/2015

    Edicto Don Luis Miguel Gonzalo Capellin, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 654/15, en el que se ha dictado con fecha 10/09/2015 auto declarando en estado de concurso a la entidad EDUCAFORT, S.L., con CIF B64839657, y mandando darle publicidad con los siguientes datos: NIG del procedimiento: 08019 – 47 – 1 – 2015 – 8003615. Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso. Concursada: EDUCAFORT, S.L., con domicilio en c/ Compte salvatierra 5-15 Barcelona. Administrador concursal: D. GRUPO GISPERT ABOGADOS Y ECONOMISTAS, S.L.P., con domicilio en avenida Diagonal, 416, principal, con correo electrónico [email protected]. Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalment a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectives créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 17 de septiembre de 2015.- El Secretario judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.