InicioJusticiaEDOL SOCIEDAD LIMITADA

Concurso de acreedores

EDOL SOCIEDAD LIMITADA

CIF B18007740Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
120/04/201820/04/2018
Procedimiento
457/2011

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso20/04/2018
    ⚖️ GRANADAProc. 457/2011Auto 17/04/2018

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal. Anuncia: Que en el concurso voluntario n.º 457/2011, con nig. núm. 1808742M20110000561, seguido a instancia de EDOL S.L., con cif núm. B-18007740, por auto de fecha veintidós de enero de dos mil dieciocho, se ha acordado: La conclusión del concurso voluntario de la persona jurídica EDOL S.L., con cif núm. B-18007740, inscrita en el Registro Mercantil de Granada y la aprobación de la rendición de cuentas presentada por la administración concursal. De conformidad a ello: Procédase a la publicación de la presente resolución en el BOE, en el Registro Mercantil y en el Registro Público Concursal. Procédase a la cancelación de las anotaciones de declaración de concurso existentes, librando a tal efecto los mandamientos oportunos. Llévese testimonio de la presente resolución a todas las secciones del concurso. Se acuerda la extinción de EDOL S.L. con cif. B-18007740. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil conteniendo testimonio de la presente resolución, firme que sea la misma, al objeto de la inscripción de la cancelación de EDOL S.L. con cif B-18007740 Requiérase a la administración concursal para que en el plazo de cinco días desde la cancelación de la inscripción realizada en el Registro mercantil aporte al juzgado su acreditación de administrador cesando en ese momento en sus funciones. Contra la presente resolución no cabe interponer recurso alguno (art. 177 LC). Granada, 17 de abril de 2018.- La Letrada de la Admón. de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.