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Concurso de acreedores

EDITORIAL INFO CANARIAS SL

CIF B35348796Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
409/05/201223/05/2019
Procedimiento
50/2011
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso23/05/2019
    ⚖️ LAS PALMAS DE GRAN CANARIAProc. 50/2011Auto 30/04/2019

    Doña Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil Nº 1 de Las Palmas, por el presente Hace saber: que en el procedimiento concursal número 50/2011, se ha dictado en fecha 30 de abril de 2019 auto declarando la conclusión del concurso de las entidades mercantiles EDITORIAL INFO CANARIAS, S.L., con CIF nº B35348796, IMPRENTA EL TABLERO, S.L., con CIFB-35810175; y CALL BY CALL CANARIAS S.L., con CIF B-35551829, y cuya parte dispositiva el del tenor literal siguiente: Se declara la conclusión del concurso de Editorial Info Canarias S.L., Imprenta El Tablero S.L., y Call by Call Canarias S.L., por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa. En todos los casos de conclusión del concurso, cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes. Se acuerda la extinción de las mercantiles Editorial Info Canarias S.L., Imprenta El Tablero S.L., y Call by Call Canarias S.L., y se acuerda la cancelación de sus respectivas inscripciones en el Registro Mercantil de Las Palmas, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la presente resolución firme. Las Palmas de Gran Canaria, 20 de mayo de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Águeda Reyes Almeida.

  2. Otro acto concursal09/08/2014
    ⚖️ LAS PALMAS DE GRAN CANARIAProc. 50/2011Auto 28/07/2014

    Edicto En el procedimiento concurso abreviado 50/2011, editorial Info Canarias, S.L., C.I.F.: B-35348796; Imprenta El Tablero, S.L., C.I.F.: B-35810175, y Call By Call Canarias, S.L., C.I.F.: B-35551829, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente: Dada cuenta: Primero.-Que en los presentes autos de Procedimiento Concursal, con número de registro 0000050/2011, se pusieron de manifiesto en secretaria, el plan de liquidación presentado por la Administración concursal, sin que en plazo establecido legalmente de quince días, se haya presentado escrito de formulación de observaciones o propuestas de modificación del mencionado plan. Dispongo: Haber lugar a la aprobación del plan de liquidación presentado por la Administración Concursal en sus propios términos. En todo lo no previsto se estará a las normas supletorias del artículo 149 y siguiente de la Ley Concursal. Notifíquese la presente resolución a las partes personadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Las Palmas mediante escrito que se presentará en este Juzgado dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a su notificación (art. 458.1 LEC). Y para darle a dicha resolución la publicidad necesaria, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación. Las Palmas de Gran Canaria, 28 de julio de 2014.- Secretaria Judicial.

  3. Otro acto concursal29/05/2012
    ⚖️ LAS PALMAS DE GRAN CANARIAProc. 50/2011Auto 14/05/2012

    Edicto. Cédula de notificación. En el procedimiento Concurso Abreviado 50/2011 "Editorial Info Canarias, S.L." cif B-35348796, "Imprenta El Tablero, S.L." cif B-35810175 y "Call by Call Canarias, S.L." cif B-35551829, seguido en este Juzgado Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria, se ha dictado Auto de fecha 11/05/2012 en la Sección 1ª cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "1.- Se acuerda la suspensión de las facultades de administración y disposición patrimonial del administrador social de las concursadas Editorial Info Canarias, S.L., Imprenta El Tablero, S.L., y Call By Call Canarias, S.L., las que serán sustituidas por la actuación del administrador concursal. 2.- Publíquese y asiéntese registralmente el cambio de facultades de la administración concursal como se efectuó con la declaración del concurso. Asimismo, emítanse nuevas credenciales para el administrador concursal en las que aparezcan las nuevas funciones de administración por sustitución. Notifíquese esta resolución a las partes personadas haciéndoles saber que no es firme ya que contra la misma cabe interponer por escrito Recurso de Reposición en el término de cinco días, contados a partir del siguiente a su notificación (artículo 188.3 CL). Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 25 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15ª LOPJ). Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita". Y para poder dar la publicidad necesaria a dicho Auto, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación. Las Palmas de Gran Canaria, 14 de mayo de 2012.- Secretaria Judicial.

  4. Declaración de concurso09/05/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran CanariaAuto 25/04/2012

    Edicto. Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria. Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal número 0000050/2011, seguido en virtud de la declaración de concurso de Editorial Info Canarias, S.L., cif B35348796, Imprenta El Tablero, S.L., cif B35810175 y Call by Call Canarias, S.L., cif B35551829, se ha presentado el informe de la Administración Concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. Dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación a quienes se hayan personado en autos y para el resto de los interesados se computará desde la última publicación de las previstas en el Tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal previsto en el art. 198 de la Ley Concursal y en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador. Las Palmas de Gran Canaria, 25 de abril de 2012.- Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.