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Concurso de acreedores
EDINOSTRA SOCIEDAD LIMITADA
CIF B12723672Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 08/03/2016 → 27/12/2021
- Procedimiento
- 792/2014 · 01/2016
- Juzgado
- MERCANTIL - 1 · Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Castellón
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso27/12/2021⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 792/2014Juez : MARIA DE LAS MERCEDES CHECA MOYAAuto 17/12/2021
CONCLUSION DE CONCURSO
- Otro acto concursal08/03/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de CastellónProc. 01/2016Auto 20/01/2016
Doña Nieves Pérez Ibáñez, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Concursal, Hago Saber: Primero: Que por Auto de fecha 12/01/2016, dictado en el procedimiento de Concurso Ordinario n.º 000792/2014, NIG n.º 12040-66-2-2014-0000880, seguido en este Juzgado, se ha declarado en Concurso Necesario y Ordinario al deudor "Edinostra, S.L.", domiciliado en calle Joanot Martorell, 20, Esc. 1-2-º 4, Torreblanca (Castellón) y CIF número B12723672. Segundo: Que se ha determinado el régimen de suspsensión de las facultades de administración y disposición de su patrimonio por el concursado. Tercero: Que se ha designado como Administrador/es Concursal/es a don Juan Martínez-Medina Just, con domicilio en calle Colón, n.º 20-4.º, de Valencia y dirección electrónica [email protected], a través de los cuales podrán los acreedores, a su elección, efectuar la comunicación de sus créditos, de conformidad con el artículo 85 L.C. Cuarto: Que el plazo para comunicar los créditos a la administración concursal será de un mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. Qunto: La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador/a y asistencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas. Castellón, 20 de enero de 2016.- Secretaria judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.