Concurso de acreedores
EDINAIN SL
CIF B33419953Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 10/02/2014 → 04/10/2021
- Procedimiento
- 94/2012
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE OVIEDO
Cronología del expediente
- Otro acto concursal04/10/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE OVIEDO Proc. 94/2012Auto 07/09/2021
Cese de las limitaciones de las facultades de administración
- Conclusión del concurso04/10/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE OVIEDO Proc. 94/2012Juez : MARINA BEATRIZ RODRIGUEZ BAUDACHAuto 07/09/2021
Se acuerda la declaración y conclusión del concurso de D. Manuel Ferrer Colomina por insuficiencia de masa activa para la satisfacción de los créditos con la masa. Se nombra administrador concursal a Sergio Atarés de Miguel.
- Otro acto concursal01/02/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE OVIEDO Proc. 94/2012Juez : PEDRO MARQUEZ RUBIOAuto 07/09/2021
cuerdo: 1.- Declarar la conclusión del concurso de SEDISA LOGISTICA Y DISTRIBUCION SL. 2.- Archivar las actuaciones. 3.- Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso.
- Otro acto concursal10/02/2014⚖️ OVIEDOAuto 24/01/2014
D.ª M.ª Amor Rodríguez Díaz, Secretaria del Juzgado Mercantil número 1 de Oviedo, Hago saber: Que en este Juzgado se tramita procedimiento concursal número 94/12 (N.I.G. 33044 47 1 2012 0000236) relativo al deudor Edinain, S.L., con CIF B-33419953, en el cual con fecha 24/01/14, se ha dictado providencia anunciando la presentación, por parte de la Administración Concursal de los Textos Definitivos. Se acuerda igualmente en dicha resolución que se anuncie su presentación por medio de edicto a publicar en el BOE y en el Tablón de anuncios de este Juzgado, y que las discrepancias con el contenido de los Textos Definitivos respecto a la inclusión de créditos posteriores (art. 96 bis de la Ley Concursal) o modificación o sustitución del acreedor inicial en la lista de acreedores (art. 87.8) se tramitarán por los cauces del incidente concursal previsto en el art. 96 bis 3 de la Ley Concursal. El plazo para impugnar respecto a los no personados en el procedimiento se computará desde la última publicación de este edicto. Asimismo, en la resolución de fecha 24/01/14 antes aludida se acuerda la apertura de la sección sexta de calificación estableciendo que desde la última publicación de la referida providencia, la cual se ha ordenado publicar mediante edicto en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, tendrá un plazo de diez días para personarse, formular alegaciones, y ser parte en la mencionada sección sexta. Oviedo, 24 de enero de 2014.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.