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Concurso de acreedores
EDIFICIO SANTA MARIA SL EN LIQUIDACION
CIF B53906665Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 28/09/2013 → 14/02/2015
- Procedimiento
- 12/2014
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil num. 1 de Alicante · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso14/02/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil num. 1 de AlicanteProc. 12/2014Auto 02/02/2015
EDICTO Doña CRISTINA CIFO GONZÁLEZ, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil num. 1 de Alicante, por el presente hago saber que en fecha 2 de febrero de 2015 se ha dictado auto de conclusión del concurso que se tramita en este juzgado con el n.º 693/13-R, frente a la concursada EDIFICIO SANTA MARÍA, S.L., con C.I.F./N.I.F. número B53906665, con domicilio en Calle Novelda, n.º 1, bajos, Villena, cuya parte dispositiva es la siguiente: 1. Se declara concluso el concurso de acreedores de EDIFICIO SANTA MARÍA S.L. 2. El deudor EDIFICIO SANTA MARÍA, S.L., queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares. 3. Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor EDIFICIO SANTA MARÍA, S.L., que vinieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación. 4. Se acuerda la extinción de EDIFICIO SANTA MARÍA, S.L., decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia. 5. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 18/12/2014 completado por el de 23/12/2014 6. Se acuerda el cese de lo administradores concursales, a salvo la facultad para proseguir actuaciones en defensa de intereses patrimoniales de la concursada y requiérase la devolución de la credencial. Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el BOE de forma gratuita y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil. Líbrense al efecto los correspondientes mandamientos y oficios que se entregan al Procurador del solicitante para su diligenciamiento, debiendo en el plazo de 5 días acreditar la presentación con los requisitos necesarios ante las oficinas correspondientes, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad profesional en caso de demora. Contra esta resolución no cabe recurso (art. 177). Alicante, 3 de febrero de 2015.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal18/11/2013⚖️ ALICANTEAuto 07/11/2013
El Juzgado Mercantil Número 1 de Alicante, anuncia: 1.- De conformidad con el artículo 75 de la Ley Concursal, y conforme al art. 23, 95 y 96 LC, se dicta el presente edicto al objeto de dar publicidad a la presentación del informe por el/los Administrador/es Concursal/es, proveído por resolución de fecha 7 de noviembre de 2013, dictado en el concurso seguido en este Juzgado con el número 693/13-R y de la concursada Edificio Santa María, S.L., con C.I.F número B-53906665, y domicilio en Novelda, número 1, bajo Villena (Alicante). Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaria del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2.- Haciéndoseles saber que frente al inventario y lista de acreedores los interesados podrán formular impugnaciones en forma de demanda (art 192 LC y 399 LEC) presentada en Decanato, con identificación del proceso concursal al que se refieren y en el plazo de 10 días, que empezará a contar respecto de las partes personadas desde la notificación de esta resolución y para los demás interesados desde la última publicación general del edicto. Alicante, 7 de noviembre de 2013.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal28/09/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de AlicanteAuto 17/09/2013
Doña Cristina Cifo González, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber: Primero.- Que por Auto de fecha cinco de septiembre de 2013 en el procedimiento con número de autos 693/13-r y N.IG.03014-66-2-2013-0001567 se ha declarado en concurso Voluntario Abreviado al deudor Edificio Santa María, S.L., con CIF B-53906665 y con domicilio en avenida Novelda, n.º 1, bajo, Villena (Alicante). Se declara la disolución de la mercantil Edificio Santa María, S.L., y el de los Administradores o Liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal. Consta que el deudor ha interesado la liquidación. Segundo.- Que al deudor le han sido suspendidas sus facultades de administración y disposición del deudor sobre los bienes, derechos y obligaciones de su patrimonio que hayan de integrarse en el concurso, que pasaran a ejercerse por la administración concursal. Tercero.- Que ha sido nombrado Administrador Concursal don Santiago Díaz de Corcuera Bilbao, con DNI 25128605-R, en calidad de Economista, con domicilio postal Apartado de Correos 1227, Sucursal 1, Alicante, Teléfono 966427502 y dirección de correo electrónico: [email protected] para que los acreedores efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal. Cuarto.- Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la administración concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el "Boletín Oficial del Estado". Alicante, 17 de septiembre de 2013.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.