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Concurso de acreedores

EDICIONES ESTE DE MADRID SL

CIF B87179420Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
212/02/202030/03/2021
Procedimiento
2274/2019
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 11 DE MADRID · Juzgado de lo Mercantil nº 11 de Madrid Hace saber: 1

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal30/03/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 11 DE MADRID Proc. 2274/2019Juez : MARIA ISABEL FERRER-SAMA PEREZAuto 18/03/2021

    En el concurso número 442/2020 referente al concursado D./Dña. JORGE IGNACIO DO NASCIMENTO MULLOR se ha puesto de manifiesto en la Secretaría del Juzgado el día 01/10/2020 el plan de liquidación por el plazo de quince dias

  2. Apertura de liquidación12/02/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 11 de Madrid Hace saber: 1Proc. 2274/2019Auto 05/02/2020

    EDICTO Dª María Luisa Pariente Vellisca, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 11 de Madrid Hace saber: 1.- Que en el concurso Concurso Abreviado 2274/2019, de la mercantil EDICIONES ESTE DE MADRID, S.L., por auto de fecha 5 de febrero de 2020, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a la mercantil EDICIONES ESTE DE MADRID, S.L., con CIF B-87179420, y domicilio en C/ Mariano Barbacid, nº 5, 2º, CP 28521, Rivas Vaciamadrid (Madrid). 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal. 4.- La identidad de la Administración concursal es D. Juan Antonio Armada Villalta, con domicilio postal en Calle María de Molina, nº 60, 2º A, 28006, Madrid, y dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es 7.- Que se ha procedido a la apertura de la fase de Liquidación del concurso. Madrid, 7 de febrero de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Luisa Pariente Vellisca.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.