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Concurso de acreedores

EDALSAL DISTRIBUCIONES SA

CIF A29090990Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
308/06/201113/05/2014
Procedimiento
12/2011 · 05/2011 · 376/2011
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso13/05/2014
    ⚖️ MÁLAGAProc. 12/2011Auto 03/02/2014

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga, anuncia: Que en el procedimiento concursal número Apertura Sección 376.12/2011, referente al concursado EDALSAL DISTRIBUCIONES, S.A. con CIF A-29090990, por auto de fecha 3 de febrero de 2014, rectificado por auto de fecha 23 de abril de 2014, se ha acordado lo siguiente: Declarar concluido por falta de bienes el concurso de EDALSAL DISTRIBUCIONES, S.A. Se acuerda la extinción de la sociedad concursada, debiéndose para ello emitir mandamiento de cancelación al registro público de inscripción con testimonio de la presente. Procédase a requerir por 15 días a la AC nombrada a los efectos de la rendición de cuentas del art. 181 de la LC. La conclusión del concurso produce los efectos contenido en el art. 178 de la LC. Notifíquese la presente en la forma establecida en el art. 177.3 de la LC. Contra la presente resolución no cabe recurso alguno. Málaga, 23 de abril de 2014.- El Secretario Judicial.

  2. Apertura de liquidación09/07/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MálagaProc. 05/2011Auto 29/04/2013

    Edicto EL Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga, Anuncia: Que en el procedimiento concursal número Apertura Sección 376.05/2011 referente al concursado EDALSAL DISTRIBUCIONES, S.A., con CIF A-29090990, por auto de fecha 29 de abril de 2013 se ha acordado lo siguiente: Abrir la fase de liquidación del presente concurso de EDALSAL DISTRIBUCIONES, S.A. Desde la fecha de la presente la situación del concursado será la de suspensión de facultades. Se declara disuelta la sociedad concursada, así como el cese de los administradores o liquidadores de la sociedad, sin perjuicio de que continuar con la representación de la sociedad en el concurso y en los incidentes de los que sean partes. Se declaran vencidos los créditos concursales aplazados y se deberán convertir a dinero los que consistan en otras prestaciones. Procédase de conformidad con los arts. 148 y ss de la LC. Se hace saber a las partes que en base al art. 197.4 de la LC se considerará apelación más próxima la que pueda formularse frente a esta resolución Málaga, 29 de abril de 2013.- El Secretario Judicial.

  3. Otro acto concursal08/06/2011
    ⚖️ MÁLAGAProc. 376/2011Auto 19/05/2011

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia 1.º Que en el procedimiento número 376/2011, por auto de 19 de mayo de 2011 se ha declarado en Concurso Voluntario al deudor Edalsal Distribuciones, S.A., con CIF A-29090990, domicilio en C/ Carril Cruzcampo, nave 1 (P.I. Villa Rosa) Málaga y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Málaga, 20 de mayo de 2011.- El/La Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.