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Concurso de acreedores
ECORIGENES XUQUER SOCIEDAD LIMITADA
CIF B98505571Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 14/11/2016 → 15/01/2021
- Procedimiento
- 646/2016
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE VALENCIA · Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Valencia
Cronología del expediente
- Otro acto concursal15/01/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE VALENCIA Proc. 646/2016Juez : MIGUEL ANGEL CHAMORRO GONZALEZAuto 12/11/2020
Que debo acordar y acuerdo: 1.- No aprobar el plan de liquidación ante la inexistencia de bienes que liquidar. 2.- Ordeno la apertura de la Sección 6ª de calificación que incorporarà:
- Conclusión del concurso24/07/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE VALENCIA Proc. 646/2016Juez : MARIA ISABEL COLLADO CORDEROAuto 12/11/2020
Declarar extinguida la persona jurídica Asociación de Profesionales por la Integración en Catilla La Mancha, cancelación de su inscripción en los Registros , concluir el presente procedimiento concursal
- Declaración de concurso14/11/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de ValenciaAuto 20/09/2016
Doña M.ª Isabel Boguña Pacheco, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Valencia, por el presente, Hago saber: Que en este Juzgado en Autos de Concurso de Acreedores núm. 000646/2016 se ha dictado en esta fecha por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez Auto de declaración de concurso de acreedores de la mercantil Ecorigenes Xuquer, S.L., con CIF B-98505571, y domicilio en Guadassuar (Valencia), en calle Industria, 17, habiéndose acordado la intervención de las operaciones del deudor y habiéndose nombrado administrador concursal a doña M.ª José Fernández Anselmo, abogado, con DNI n.º 29178245-P, domicilio profesional en Alberique (Valencia), en calle Alcántara del Júcar, 7, bajo 1 entresuelo y correo electrónico [email protected]. De conformidad con lo ordenado, se llama por este Edicto a los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la última de las publicaciones a que se refiere el artículo 23 LC puedan comunicar sus créditos en los términos del art. 85. Valencia, 20 de septiembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.