InicioJusticiaEBANISTERIA D.M. 2010 SOCIEDAD LIMITADA

Concurso de acreedores

EBANISTERIA D.M. 2010 SOCIEDAD LIMITADA

CIF B95249355Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
121/11/201521/11/2015
Procedimiento
279/2013

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal21/11/2015
    ⚖️ BILBAOProc. 279/2013Auto 15/04/2013

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 279/2013, NIG número 48.04.2-13/007878, por auto de 15 de abril de 2013 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Ebanistería DM 2010, S.L., con NIF B95249355, con domicilio en Calle Ribera de Deusto Pab 3 número 42 - Bilbao y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Bilbao. Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que la administración concursal está integrada por don Roberto Enrique Acha Pajares. Domicilio postal: Calle Henao, 7, 6.° Departamento 1 - 48009 - Bilbao. Dirección electrónica: [email protected] Cuarto.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Quinto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Sexto.- Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es Bilbao, 18 de abril de 2013.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.