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Concurso de acreedores
EB TRENEKA SOCIEDAD LIMITADA
CIF B95439246Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 13/02/2014 → 07/03/2016
- Procedimiento
- 93/2014
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao
Cronología del expediente
- Apertura de liquidación07/03/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de BilbaoProc. 93/2014Auto 11/02/2016
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao, Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 93/2014, en el que figura como concursada EB TRENEKA, S.L., CIF B95439246, se ha dictado el 11/02/2016 auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por haber finalizado la fase de liquidación. La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor. Asimismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora. Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno. Bilbao, 11 de febrero de 2016.- El Letrado de la Adminstración de Justicia.
- Declaración de concurso29/05/2014⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de BilbaoProc. 93/2014Auto 14/05/2014
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao, Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 93/2014 referente al concursado EB TRENEKA, S.L., con CIF número B95439246, por auto de fecha 07/05/2014, rectificado por auto de 14/05/2014, se ha acordado lo siguiente: 1.- Se aprueba el plan de liquidación en los términos presentados por la Administración Concursal de las entidades en concurso. En lo no previsto en el plan de liquidación se aplicarán las normas legales supletorias (artículo 149 LC). 2.- Recordar a la administración concursal la presentación de los informes del artículo 152 de la LC. 3.- En caso de suspenderse las operaciones de liquidación con motivo de las impugnaciones del inventario o de la lista de acreedores, se podrá requerir a los impugnantes para que presenten una caución que garantice los posibles daños y perjuicios por la demora. 4.- Anunciar por edictos la aprobación del plan de liquidación, que se fijará en el BOE, en el Registro Público Concursal, y tablón de anuncios de la Oficina Judicial (artículos 23 y 144 de la LC) preferentemente por vía telemática. La publicación en el Boletín Oficial del Estado tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado. Inscríbase en la hoja abierta a la entidad en el Registro Mercantil este auto aprobando el Plan de Liquidación (artículo 24.2 LC). 5.- Fórmese la sección sexta que se encabezará con testimonio de esta resolución, del auto de declaración del concurso y del informe del Administrador concursal (artículo167.1 LC). Hágase constar en el edicto que dentro de los diez días siguientes a la última publicación de esta resolución acordando la formación de la sección sexta, cualquier acreedor o persona que acredite interés legitimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. 6.- Notificar la presente resolución al deudor y los acreedores personados. Bilbao (Bizkaia), 14 de mayo de 2014.- El Secretario judicial.
- Apertura de liquidación04/03/2014⚖️ BILBAOProc. 93/2014Auto 19/02/2014
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), anuncia: Que en el procedimiento concursal número 93/2014 referente al concursado EB TRENEKA, S.L., con CIF número B95439246, por auto de 19/02/2014 se ha acordado lo siguiente: 1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. 2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3.- Se ha declarado disuelta la concursada, cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal. 4.- La misma resolución ha acordado que una vez se apruebe el plan de liquidación, se abra la sección sexta de calificación del concurso. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación que se dé a la resolución que acuerde la formación de dicha sección, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en la misma, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Bilbao (Bizkaia), 19 de febrero de 2014.- El Secretario Judicial.
- Otro acto concursal13/02/2014⚖️ BILBAOProc. 93/2014Auto 29/01/2014
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 93/2014, NIG n.º 48.04.2-14/002163, por auto de 29 de enero de 2014 se ha declarado en concurso voluntario al deudor EB TRENEKA, S.L., y EB-RIM ROTOMOULDING, S.L., con NIF B95439246 y B95046975, con domicilio en Alameda Recalde, n.º 46-1.º dcha., Bilbao, y calle Alameda Recalde, n.º 46-1.º dcha., Bilbao, y cuyo centro de principales intereses lo tienen en Iurreta y Zamudio-Bizkaia. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que la administración concursal está integrada por la mercantil FORENSIC SOLUTIONS, S.L.P., representante es BÁRBARA PITARQUE VILLAESCUSA. Domicilio postal: Lehendakari Agirre 11-4.º dpto.1, 48014 Bilbao. Dirección electrónica: [email protected]. 4º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el Art.85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de UN MES a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. 5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Bilbao, 31 de enero de 2014.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.