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Concurso de acreedores
DYNAMIS TECNOLOGIA Y COMUNICACION, S.L
CIF B39699780Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 07/04/2018 → 07/04/2018
- Procedimiento
- 368/2013
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Santander
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso07/04/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de SantanderProc. 368/2013Auto 03/04/2018
Edicto Doña María de las Nieves García Pérez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Santander, Hago saber: Que en el procedimiento de referencia concurso ordinario 368/2013 se ha acordado por Auto de fecha 3 de abril de 2018, lo siguiente: 1. Se declara concluso el presente concurso por insuficiencia de masa activa del concursado DYNAMIS TECNOLOGIA Y COMUNICACIÓN, S.L. CIF B39699780, procediéndose al archivo de las actuaciones. 2. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente. 3. Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración Concursal. 4. Se acuerda el cese de la administración concursal. 5. Se acuerda la extinción de la persona jurídica de DYNAMIS TECNOLOGIA Y COMUNICACIÓN, S.L. CIF B39699780,y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda a cuyo efecto se expedirá mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Santander conteniendo testimonio de la resolución firme. Anúnciese la conclusión del concurso por medio de edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Juzgado y gratuitamente en el BOE y en el Registro Público Concursal. Santander, 4 de abril de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.