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Concurso de acreedores

DUSOLMAN SL

CIF B82614694Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
7 — 15/10/2014 → 28/01/2020
Procedimiento
615/2014
Juzgado
MERCANTIL - 12 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 12 DE MADRID · Juzgado de lo mercantil nº 12 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso28/01/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 12Proc. 615/2014Juez : MOISÉS GUILLAMÓN RUIZAuto 03/12/2019

    SE DECRETA LA CONCLUSION Y ARCHIVO DEL CONCURSO POR INSUFICIENCIA DE LA MASA ACTIVA. CESAN LIMITACIONES DE FACULTADES DE ADMINISTRACIÓN Y DISPOSICIÓN DEL DEUDOR SUBSISTENTES. SE PROCEDE A DECLARAR LA EXTINCIÓN DE LA PERSONA JURÍDICA

  2. Otro acto concursal23/01/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 12 DE MADRID Proc. 615/2014Auto 03/12/2019

    Cese de Administrador concursal

  3. Otro acto concursal23/01/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 12 DE MADRID Proc. 615/2014Juez : MOISÉS GUILLAMÓN RUIZAuto 03/12/2019

    Cese de las limitaciones de las facultades de administración

  4. Conclusión del concurso23/01/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 12 DE MADRID Proc. 615/2014Juez : MOISÉS GUILLAMÓN RUIZAuto 03/12/2019

    Auto de conclusión de concurso

  5. Otro acto concursal13/01/2020
    ⚖️ Juzgado de lo mercantil nº 12 de MadridProc. 615/2014Auto 03/12/2019

    EDICTO Don Luis Espinosa Navarro, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo mercantil nº 12 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia 1º.- Que en el procedimiento Concurso Abreviado 615/2014 relativo al deudor DUSOLMAN, S.L., con CIF B82614694, por auto de fecha 3 de diciembre de 2019 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3. 2º.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso. 3º.- Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3, declarar su extinción. Madrid, 3 de diciembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Luis Espinosa Navarro.

  6. Otro acto concursal20/12/2014
    ⚖️ MADRIDProc. 615/2014Auto 28/11/2014

    Edicto. Doña María Dolores Sánchez Franco, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 12 de Madrid, anuncia: 1.- Que en el procedimiento concursal número 615/2014 referente al deudor DUSOLMAN, S.L., con CIF: B-82614694 se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Registro Público Concursal, en el Boletín Oficial del Estado, de forma gratuita, dada la presumible falta de insuficiencia de masa activa, y en el tablón de anuncios de este Juzgado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador. Madrid, 28 de noviembre de 2014.- Secretario Judicial.

  7. Otro acto concursal15/10/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de MadridProc. 615/2014Auto 01/10/2014

    Edicto Doña María Luisa Pariente Vellisca, Secretaria judicial en sustitución del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 615/2014, por auto de fecha 30.09.2014 se ha declarado en concurso al deudor DUSOLMAN, S.L., con CIF B-82614694 con domicilio social en calle Resina, n.º 43, nave 15, 28021 Madrid. Y cuyo centro de intereses lo tiene en la calle Embajadores, n.º 187, 28045 Madrid. 2.º El deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los Administradores concursales, mediante su autorización o conformidad. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. Lugar para tal comunicación: 1. Por presentación o remisión a la dirección: Administración concursal del concurso de "DUSOLMAN, S.L.": C/ Almagro, n.º 3, 5.º izquierda, 28010 Madrid. Dirección de correo electrónico para tal comunicación: [email protected] Para el caso de que algún crédito fuera presentado en el Juzgado, se tendrá por no comunicado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 1 de octubre de 2014.- La Secretaria judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.