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Concurso de acreedores
DURSA INMUEBLES SL
CIF B74012279Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 23/03/2013 → 23/03/2013
- Procedimiento
- 289/2012
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil N. 2 de Oviedo
Cronología del expediente
- Declaración de concurso23/03/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil N. 2 de OviedoProc. 289/2012Auto 16/01/2013
Edicto Don Andrés Prada Horche, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil N. 2 de Oviedo, por el presente, hago saber: 1.º- Que en los autos seguidos en este Juzgado en la Sección I Declaración Concurso 289/2012 (mesa 2), se ha dictado a instancias del deudor "Dursa Inmuebles, Sociedad Limitada", con CIF B-74012279, y con domicilio en C/ Melquiades Álvarez, N.º 25, bajo, de Oviedo, auto de declaración de concurso voluntario, en fecha 16 de enero de 2013. 2.º- Se ha nombrado como Administrador Concursal a "AEA Concursales, Sociedad Limitada Profesional", aceptando el cargo en su representación don Javier Suárez Martínez, el cual ha designado al objeto de que los acreedores efectúen la comunicación de créditos prevista en el artículo 85 de la Ley Concursal y cualquier otro acto de comunicación con la administración concursal, el siguiente domicilio postal: C/ Palacio Valdés, N.º 15, 3.º C, de Oviedo, teléfono 985.21.62.20, fax 985.21.62.20 y la siguiente dirección electrónica: [email protected], debiendo dirigir los acreedores concursales sus comunicaciones de créditos y cualquier otra comunicación, a una u otra, a su elección. Dicha comunicación deberá presentarse ante el Administrador Concursal en el plazo de quince días, a partir de la última fecha de publicación de este edicto, que se ha acordado publicar en el Boletín Oficial del Estado y El Comercio. 3.º- El deudor "Dursa Inmuebles, Sociedad Limitada" conservará las facultades de administración sobre su patrimonio y será intervenida por el Administrador Concursal. 4.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art.º 184.3 Ley Concursal). Oviedo, 30 de enero de 2013.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.