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Concurso de acreedores

DUNPHY COMBUSTION SA

CIF A60820552Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
1 — 15/07/2014 → 15/07/2014
Procedimiento
484/2014
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal15/07/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de BarcelonaProc. 484/2014Auto 17/06/2014

    Edicto Don José María Valls Soriano, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 484/2014, en el que se ha dictado con fecha 10-6-2014 auto declarando en estado de concurso a la entidad Dunphy Combustión, S.A. con CIF A60820552 y mandando darle publicidad con los siguientes datos: NIG del procedimiento: 08019 - 47 - 1 - 2014 - 8003886. Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la Administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso. Concursada: Dunphy Combustión, S.A. con domicilio en C/ Vapor, 14, Entlo., 08850 Gavà (Barcelona). Administrador concursal: Resolve Administración Concursal, S.L.P, con domicilio en C/ Aribau, 168-170, 1.º 1.ª, 08036 Barcelona (Barcelona) con correo electrónico: [email protected]. Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la Administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 17 de junio de 2014.- El Secretario judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.