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Concurso de acreedores

DULCE HOLA SOCIEDAD LIMITADA

CIF B96225693Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
126/05/201826/05/2018
Procedimiento
274/2018
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil num. 2 de Valencia

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso26/05/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil num. 2 de ValenciaProc. 274/2018Auto 03/05/2018

    D./Dña. Jorge Victor Iglesias de Baya, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y Hago Saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Abreviado Voluntario n.° 274/2018, habiéndose dictado en fecha 3 de mayo de 2018 por el Ilmo/a Sr/a. Magistrado-Juez Jacinto Talens Seguí auto de declaración de concurso de acreedores de Dulce Hola SL con domicilio en Polígono Industrial Campo Aníbal, C/ Llauradors n.º 17, Puzol (Valencia) y CIF n.º B96225693, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, al Tomo 4.755 general 2.065 de la Sección General, folio 97, hoja V-31.648. Que se ha acordado la suspensión de las funciones de disposición y administración de la/s concursada/s, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada. Se ha nombrado administrador concursal a D./D.ª José Antonio Domenech Barraca con domicilio en la Calle Pintor Sorolla n.º18-4.ª, Valencia y correo electrónico [email protected] Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el Boletín Oficial del Estado puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el articulo 85 de la Ley Concursal. Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario abogado y procurador. Valencia, 3 de mayo de 2018.- Letrado de la Admón. de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.