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Concurso de acreedores

EL DUENDE 1 SOCIEDAD LIMITADA

CIF B78873478Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
125/02/201525/02/2015
Procedimiento
32/2015
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal25/02/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de MadridProc. 32/2015Auto 04/02/2015

    Doña Virginia Montejo Labrada, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: Que en el procedimiento concursal registrado con el número de identificación general NIG.: 28079 1 4003804/2015 y por auto de fecha 4 de febrero de 2015 se ha declarado en concurso a la mercantil El Duende I, S.L., con CIF B-78873478 y número concursal 32/2015, con domicilio y cuyo centro de principales intereses los tiene en calle Maestro, 4, local 11, nivel 1, de Leganés 28911 de Madrid Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal. Que ha sido nombrada D.ª M.ª Ángeles Vallés Rodríguez como Administrador concursal de este concurso. Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal, la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se presentará en el domicilio designado al efecto: Meléndez Valdés, 59, 1.º izquierda, B-28015 Madrid teléfono: 914636585 y fax: 914636585. También se podrá efectuar por medio correo electrónico a efecto de comunicaciones: [email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la publicación de este anuncio que se ha ordena publicar en el BOE. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 10 de febrero de 2015.- El Secretario.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.