InicioJusticiaDRAAGU PICTURES SL

Concurso de acreedores

DRAAGU PICTURES SL

CIF B66762584Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
227/01/202018/01/2021
Procedimiento
1202/2019
Juzgado
MERCANTIL - 4

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal18/01/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 4Proc. 1202/2019Juez : ALFONSO MERINO REBOLLOAuto 22/12/2020

    Se acuerda la aprobación del plan de liquidación al que debe de atenerse la administración concursal con la modificación estipulada en relación a la subasta que será extrajudicial. Se acuerda la apertura de la sección sexta del concurso para califica

  2. Declaración de concurso27/01/2020
    ⚖️ BARCELONAProc. 1202/2019Auto 15/10/2019

    EDICTO María Carmen Fernández Hidalgo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n° 4 de Barcelona, al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, Hago saber: Número de asunto. Concurso abreviado 1202/2019 Sección: C. NIG: 0801947120198014703. Fecha del auto de declaración. 15 de octubre de 2019. Clase de concurso. Voluntario. Entidad concursada. DRAAGU PICTURES, S.L., con B66762584. Administradores concursales. Se ha designado como Administrador concursal a Fernando Redondo García. . Dirección postal: Calle Muntaner 269, 1º 1ª. 08021 Barcelona. Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concursado: Suspendidas. Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en avenida Gran Via de les Corts Catalanes nº 111, Edifici C, planta 12. Barcelona. Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles. Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es Barcelona, 28 de octubre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, María Carmen Fernández Hidalgo.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.