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Concurso de acreedores
DORIAN TEXTIL SOCIEDAD LIMITADA
CIF B03418241Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 23/04/2019 → 12/02/2020
- Procedimiento
- 853/2018
- Juzgado
- MERCANTIL - 1 · Juzgado de lo Mercantil n.º1 de Alicante
Cronología del expediente
- Otro acto concursal12/02/2020⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 853/2018Juez : LEANDRO BLANCO GARCIA LOMASAuto 10/02/2020
AUTO APROBACIÓN PLAN
- Otro acto concursal23/04/2019⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º1 de AlicanteProc. 853/2018Auto 12/03/2019
EDICTO D.ª Cristina Cifo González, Letrada Admón. Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º1 de Alicante, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber: Primero.- Que por Auto de fecha 12 de marzo de 2019 dictado en el procedimiento con número de autos 853/2018-C y N.IG.: 03014-66-1-2018-0001816 se ha declarado en concurso ordinario al deudor DORIAN TEXTIL, S.L., con domicilio social en la calle Alacant, n.º 10, de Alcoy (Alicante), y con CIF número B-03418241. Segundo.- Que al deudor DORIAN TEXTIL, S.L. le han sido suspendidas las facultades de Administración y disposición de la entidad, las cuales serán asumidas por la Administracion Concursal. Tercero.-Que ha sido nombrada Administrador Concursal la mercantil Viabilidad Empresarial y Par Conditio Creditorium, S.L.P., con CIF. B-12880555, con domicilio postal en la calle Tenerías, n.º 43, 12003 de Castellón y dirección de correo electrónico [email protected] Cuarto.- Que la mercantil designada comparece a través de su Aministrador Solidario D. Javier Fortuño Gil, con DNI 18.964.716-C, domicilio en la calle Tenerías, n.º 43, 12003- Castellón, de profesion Abogado. Quinto.- Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presenta en el "Boletín Oficial del Estado" en las direcciones indicadas. Alicante, 16 de abril de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Cristina Cifo Gonzalez.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.