Inicio›Justicia›DOMOVAL ELECTRONIC SL
Concurso de acreedores
DOMOVAL ELECTRONIC SL
CIF B96540158Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 15/04/2010 → 26/04/2014
- Procedimiento
- 01/2014
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso26/04/2014⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaProc. 01/2014Auto 28/01/2014
Doña Cristina María Valero Doménech, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, Por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores núm. 173/10, habiéndose dictado en fecha 28/01/2014 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor: 1.- Se declara la conclusión del concurso abreviado tramitado en este juzgado bajo el número de procedimiento 173/10, promovido por el procurador Sr. Vives Cervera, Antonio, en nombre y representación de la mercantil Domoval Electronic, S.L., y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite. 2.- Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. 3.- Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D. Ramón Montaña Muñoz, con DNI n.º 29.183.809-Y, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal. 4.- Se acuerda declarar la extinción de la mercantil Domoval Electronic, S.L., con CIF B-96540158, procediendo, en su caso, al cierre de la hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia, ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la LC) y tiene carácter de firme. 5.- Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 08/11/2013. Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC). Valencia, 28 de enero de 2014.- La Secretaria judicial.
- Declaración de concurso15/04/2010⚖️ VALENCIAAuto 02/03/2010
Doña María José Navarro Melchor, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores 173/10 habiéndose dictado en fecha 2 de marzo de 2010 por el Ilmo Sr. Magisrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de Domoval Electronic, S.L. con CIF B-96540158, decretándose la intervención de las facultades de la mercantil, habiéndose designado administrador concursal a don Ramón Montaña Muñoz, con NIF 29.183.809-Y, abogado, con despacho profesinal en Valencia, Paseo de la Alameda, 64, 8.º, 23.ª expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del artículo 85. Valencia, 2 de marzo de 2010.- La Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.