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Concurso de acreedores

EL DOMINIO DE GORFOLI SL EN LIQUIDACION

CIF B74364357Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
113/06/201513/06/2015
Procedimiento
415/2014
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Oviedo

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso13/06/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 2 de OviedoProc. 415/2014Auto 20/05/2015

    Don ndrés Prada Horche, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Oviedo, por el presente, Hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado en la Sección I Declaración Concurso 415/2014 (mesa 2), se ha dictado a instancias del deudor El Dominio de Gorfolí, S.L., con CIF: B-74364357, y con domicilio en Carretera AS266, km.11, -33192-Pruvia –Llanera-, auto de declaración de concurso voluntario, en fecha 20 de mayo de 2015. 2º.- Se ha nombrado como Administrador Concursal a la letrada Nuria Fernández Díaz, que ha aceptado el cargo y ha designado al objeto de que los acreedores efectúen la comunicación de créditos prevista en el artículo 85 de la Ley Concursal y cualquier otro acto de comunicación con la Administración Concursal, el siguiente domicilio postal: C/ Palacio Valdés, nº 15, 4º K-L -33002- Oviedo, teléfono 985.88.22.63, fax 985.88.22.63, y la siguiente dirección electrónica: [email protected] debiendo dirigir los acreedores concursales sus comunicaciones de créditos y cualquier otra comunicación, a una u otra, a su elección. Dicha comunicación deberá presentarse ante el administrador concursal en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto, que se ha acordado publicar en el BOE, Registro Público Concursal y El Comercio. 3º.- El deudor El Dominio de Gorfolí, S.L., conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención del administrador concursal, mediante su autorización o conformidad. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art.184.3 Ley Concursal). oviedo, 27 de mayo de 2015.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.