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Concurso de acreedores
DIZIN SALUD SA
CIF A86871472Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 18/03/2017 → 08/07/2021
- Procedimiento
- 391/2016
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID
Cronología del expediente
- Otro acto concursal08/07/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID Proc. 391/2016Juez : MARIA JOSE GALINDO OLEAAuto 21/06/2021
1.-qUE EN EL PROCEDIMIENTO NÙMERO 650/2020 POR AUTO DE 25/05/2020SE HA DECLARADO EN CONCURSO VOLUNTARIO AL DEUDOR maría inmaculada López Jáuregui con nif 30563786y, con domicilio en Calle Zabalgane nº 5 3º C Ç Galdakao, cuyo centro cesando en su func
- Conclusión del concurso11/12/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID Proc. 391/2016Juez : EDUARDO M ENRECH LARREAAuto 21/06/2021
En el procedimiento indicado, el día 30 de noviembre de 2020 se ha dictado una resolución en la que se aporta rendición de cuentes y se solicita la conclusión del presente concurso.
- Otro acto concursal18/03/2017⚖️ MADRIDProc. 391/2016Auto 09/02/2017
EDICTO Dña. Cristina Pousa Blasco, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC) hace saber: 1.- Que en el Concurso ordinario número 391/2016, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2016/0094884, por autos de fechas 30/12/2016 y 26/01/2017, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento ordinario, a la entidad DIZIN SALUD, S.A., con nº de identificación A-86871472, y domiciliado en Madrid. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal. 4.- La identidad de la Administración concursal es D. Guillermo Alejandro Perez-Olivares Delgado, con domicilio postal en la C/ Fernández de la Hoz, nº 33, piso 6º Centro-Derecha, C.P. 28010 Madrid, y dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es Madrid, 9 de febrero de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.