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Concurso de acreedores
DISTRICOLOR SL
CIF B53111969Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 04/01/2012 → 14/11/2013
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Alicante
Cronología del expediente
- Declaración de concurso14/11/2013⚖️ ALICANTEAuto 28/10/2013
Edicto Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, por el presente Hago saber: Que en el procedimiento concurso abreviado - 000906/2011 - K sobre declaración de concurso de la mercantil Districolor, S.L.U., con C.I.F. número B-53111969, se ha dictado auto de fecha 28-10-13, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Acuerdo: 1. Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de inexistencia de bienes o derechos propiedad del concursado ni de terceros responsables para satisfacer a los acreedores. 2. Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación. 3. Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondientes mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución. 4. La presente resolución una vez firme se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24. Modo de Impugnación: No cabe recurso alguno." Y para que sirva de publicación en el B.O.E., expido el presente. Alicante, 28 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.
- Declaración de concurso25/02/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de AlicanteAuto 09/02/2012
Edicto Dña. Pilar Solanot García, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Alicante, por el presente Hago Saber: Que en el procedimiento CONCURSO ABREVIADO - 000906/2011 - K sobre declaración de concurso de la mercantil DISTRICOLOR, S.L.U., con C.I.F. número B-53111969, se ha presentado por la Administración Concursal el INFORME preceptuado en el art. 74 L.C., y se ha dictado Providencia de fecha 9-2-12, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos: Las partes personadas podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores, dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación que se realice a través de su representación procesal, a cuyo fin podrán obtener copia a su costa. Los demás interesados no personados podrán impugnar en el mismo plazo de diez días que se computará desde la publicación en el B.O.E, ello conforme al art. 96 L.C. que se sustanciará por los trámites del incidente concursal (art. 194 y sgs. L.C.) Y para que sirva de publicación en el B.O.E., expido el presente. Alicante, 9 de febrero de 2012.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal04/01/2012⚖️ ALICANTEAuto 19/12/2011
Edicto Dña. Pilar Solanot Garcia, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan los autos de Concurso Abreviado - 000906/2011 - K en los que se ha dictado, con esta fecha, Auto declarando en estado de concurso Voluntario a Districolor, SLU, con C.I.F. numero B-53111969, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante. Facultades: se decreta la Intervención de las facultades de administración de la mercantil concursada. Forma de personación: los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores: los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento de este Juzgado la existencia de sus créditos en el plazo de quince días, a contar desde la fecha de publicación en el B.O.E. Examen de los autos: los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Alicante, 19 de diciembre de 2011.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.