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Concurso de acreedores

DISPRAS SL

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Publicaciones
2 — 23/02/2013 → 20/11/2013
Juzgado
Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Oviedo

Cronología del expediente

  1. Convenio de acreedores20/11/2013
    ⚖️ Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de OviedoAuto 05/11/2013

    Edicto María Amor Rodríguez Díaz, Secretaria Judicial de Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Oviedo, por el presente, Hago saber: Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 0000187/2012 y NIG n.º 33044 47 1 2012 0000465, se ha dictado en fecha 5 de noviembre de 2013, sentencia aprobando convenio del concurso Dispras, S.L., con CIF: B-33489469 y cuyo fallo es del tenor literal siguiente: 1.º Se aprueba, con los efectos previstos en la Ley, la propuesta convenio presentada por la concursada Dispras, S.L. 2.º Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor, así como de los efectos que tal declaración produce en los contratos en los que son partes la concursada y sobre sus acreedores, si bien respecto de estos últimos teniendo en cuenta la vinculación que sobre los mismos produce el convenio aprobado para aquellos a quienes legalmente afecte. 3.º Se acuerda el cese de la Administración Concursal en sus funciones de intervención de las facultades de administración y disposición de la persona jurídica concursada. 4.º Se concede a la Administración Concursal el plazo de un mes a contar desde la notificación de esta resolución para que proceda a la rendición de cuentas de su gestión. 5.º Procédase a la formación de la Sección Sexta, que se abrirá con testimonio de la presente. 6.º Requiérase a la concursada, a fin de que, con periodicidad anual, a partir de la fecha de esta resolución, informe a este Juzgado acerca del cumplimiento del convenio. Notifíquese esta resolución a la concursada, a la Administración Concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento. Hágase pública la parte dispositiva de la sentencia aprobatoria del convenio por medio de edicto que se insertará de forma gratuita en el Boletín Oficial del Estado, entregando este último a la representación procesal de la concursada para que proceda a su inserción, debiendo dar cuenta a este Juzgado de su diligenciamiento. Póngase en conocimiento de la Procuradora Sra. Álvarez Tejón que el edicto se encuentra a su disposición en este Juzgado. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, líbrese mandamiento al Registro Mercantil de Asturias para constancia de la aprobación del convenio, del cese de la intervención de las facultades de administración y disposición, así como del cese de los Administradores Concursales. Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación que se interpondrá en el plazo de veinte días a contar desde el día siguiente al de su notificación. Para interponer el recurso a que se refiere el párrafo anterior, es necesario constituir un depósito de 50 euros que se consignará en la siguiente cuenta de este Juzgado, si el ingreso se efectuase en "ventanilla": 2274 0000 02 0187 12. Se debe indicar, en el campo "concepto" que se trata de un ingreso para interponer un recurso de apelación en la Sección Quinta. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, el número de cuenta será: 0030 1846 42 000 500 1274, y en "concepto" además de lo expuesto en el párrafo que antecede se añadirá, "Juzgado Mercantil (2274 0000 02 0187 12)". Así lo acuerda, manda y firma el Ilmo. Sr. D. Alfonso Muñoz Paredes, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Oviedo. Oviedo, 5 de noviembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

  2. Otro acto concursal23/02/2013
    ⚖️ OVIEDOAuto 01/02/2013

    Edicto. Doña M.ª Amor Rodríguez Díaz, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Oviedo, Hago saber: Que en este Juzgado se tramita procedimiento concursal número 187/12 (N.I.G. 33044 47 1 2012 0000465) relativo a Dispras, S.L., con Cif B-33489469 en el cual con fecha 1 de febrero de 2013, se ha dictado providencia anunciando la presentación, por parte de la Administración Concursal, del informe a que se refieren los artículos 74 y 75 de la Ley Concursal. Se acuerda igualmente en dicha resolución que los interesados podrán impugnar tanto el inventario de bienes y derechos como la lista de acreedores en aquello que estimen que les es perjudicial. El plazo para verificar esa impugnación es de diez días, que respecto a los no personados en el procedimiento, se computará desde la publicación de este edicto en el BOE. Oviedo, 1 de febrero de 2013.- El/la Secretario/a Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.