Concurso de acreedores
DISPLAVE SL
CIF B36629871Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 5 — 06/12/2014 → 05/02/2020
- Procedimiento
- 421/2014
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE A CORUÑA · Juzgado de lo Mercantil num.2 de la Coruña · MERCANTIL - 2
Cronología del expediente
- Otro acto concursal05/02/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE A CORUÑA Proc. 421/2014Auto 23/12/2019
Cese de Administrador concursal
- Conclusión del concurso05/02/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE A CORUÑA Proc. 421/2014Juez : MARIA SALOME MARTINEZ BOUZASAuto 23/12/2019
Auto de conclusión de concurso
- Apertura de liquidación21/01/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil num.2 de la CoruñaProc. 421/2014Auto 23/12/2019
Edicto El Juzgado de lo Mercantil num.2 de la Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: Que en el procedimiento Concurso Ordinario Número 421/2014, se ha dictado Auto de Conclusión de Concurso, con fecha 23 de diciembre de 2019, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte Dispositiva 1.- Se decreta la conclusión del concurso por din de la fase de liquidación, del presente concurso de acreedores de Displave S.L, con CIF B-36629871, con domicilio social en el Polígono del Tambre, Mercagalicia, puestos 18-19 20, vía de la Cierva s/n de Santiago de Compostela, de Coruña; inscrita en el Registro Mercantil de Santiago de Compostela, Hoja SC-38.785, Folio 194. Con los efectos legales inherentes. 2.- Acuerdo la extinción de la entidad Displave, S.L., procediendo el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos correspondientes, a los que se dirigirá mandamiento a tal efecto, con testimonio de la presente resolución. 3.- A la presente resolución se le dará la publicidad prevista en el artículo 23.1 y 24 LC. 4.- Declaro aprobada la rendición de final de cuentas formulada por la Administración concursal. 5.- Únase testimonio del expediente y llévese el original al legajo correspondiente. Modo de Impugnación. Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art.177 de la LC). Así lo manda y firma S.Sª. Dª María Salomé Martínez Bouzas, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Mercantil número dos de Coruña. Doy fe. Y para que sirva de notificación y su publicación en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente Edicto La Coruña, 15 de enero de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Cristina Martínez García.
- Conclusión del concurso16/01/2020⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 421/2014Juez : MARIA SALOME MARTINEZ BOUZASAuto 23/12/2019
Decretada conclusión del Concurso de Displave SL; acordando la extinción de la entidad con cierre de hoja registral, aprobando rendición de cuentas de la administración concursal, dando la publicidad prevista en el art. 23 y 24 de la LC.
- Otro acto concursal06/12/2014⚖️ A CORUÑAAuto 18/11/2014
Edicto El Juzgado de lo Mercantil de La Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.- Que en el procedimiento CON 421/14-J, se dictó en fecha 18-11-2014 auto por el que se declaró en situación legal de concurso voluntario a la mercantil "DISPLAVE, S.L.", con CIF B-36629871, inscrita en el Registro Mercantil de Santiago de Compostela (A Coruña), hoja número SC-38.785, tomo 3094, folio 194. Domicilio social sito en Santiago de Compostela (A Coruña), C/ Polígono del Tambre, Mercagalicia, puestos 18-19-20, Via de la Cierva, s/n. 2.- La deudora conservará las facultades de administración y disposición de su patrimonio, quedando sometida el ejercicio de esas facultades a la intervención del administrador concursal, mediante su autorización o conformidad. 3.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes, a contar desde la publicación del anuncio en el BOE. 4.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos por Letrado (art.184.3 de la LC). 5.- Que ha sido nombrado administrador concursal único, con las facultades de intervención expresadas en el apartado anterior el titulado mercantil D. Víctor Miguélez Díaz, con despacho abierto en calle Miguel Servet, n.º 8, planta baja, 15002 A Coruña. Correo electrónico: [email protected] A Coruña, 18 de noviembre de 2014.- La Secretaria judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.