Concurso de acreedores
DISPESCUR SL
CIF B41176512Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 5 — 11/12/2013 → 11/08/2020
- Procedimiento
- 1673/2013
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE SEVILLA · TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA SECCIÓN 2ª - 2
Cronología del expediente
- Otro acto concursal11/08/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE SEVILLA Proc. 1673/2013Juez : JAVIER ESCARDA DE LA JUSTICIAAuto 24/02/2020
EDICTO PUBLICACION INFORME ADMINISTRACION CONCURSAL
- Conclusión del concurso11/08/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE SEVILLA Proc. 1673/2013Juez : JORGE CUELLAR OTONAuto 24/02/2020
Se acuerda tener por comunicada por CANALES Y NEGOCIOS DEL MEDITERRANEO SL el inicio de negociaciones para alcanzar un acuerdo de refinanciación u obtener adhesiones a una propuesta anticipada de convenio.
- Otro acto concursal02/03/2020⚖️ SEVILLAAuto 26/02/2020
El Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla, Sección Segunda, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: Que en el procedimiento número 1673/13-2, referente al deudor Dispescur, S.L., con CIF B41176512 y centro de principales intereses en P.I. La Red, Calle Nueve, Parcela 39-C, 41500 Alcalá de Guadaíra (Sevilla), por auto de fecha 24/02/20 se ha acordado lo siguiente: 1.- La conclusión del proceso concursal de la entidad Dispescur, S.L. llevado en este mismo Tribunal con el nº 1673/13. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición. 2.- El cese del Administrador Concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este juzgado le extendió en plazo de cinco días. 3.- La declaración de extinción de la sociedad Dispescur, S.L. y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia. Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros. Sevilla, 26 de febrero de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Gullón Gullón.
- Conclusión del concurso26/02/2020⚖️ TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA SECCIÓN 2ª - 2Proc. 1673/2013Juez : PEDRO MARQUEZ RUBIOAuto 24/02/2020
1.- Declarar la conclusión del concurso de DISPESCUR, S.L.
- Otro acto concursal11/12/2013⚖️ SEVILLAProc. 1673/2013Auto 28/11/2013
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 1673/2013, con NIG 4109142M20130002237 por auto de 21/11/2013 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Dispercur, S.L., con CIF B-41176512 y domicilio y centro de principales intereses en Pol. Ind. La Red, calle Nueve, Parcela 39-C, 41500 Alcalá de Guadaíra (Sevilla). 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido D. José Miguel Llinares Tarriño, con domicilio postal calle Carlos Cañal, n.º 7, 41001 Sevilla, teléfono/fax 959 80 27 62 y dirección electrónica [email protected]. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sevilla, 28 de noviembre de 2013.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.