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Concurso de acreedores

DISERTECMA SL

CIF B63093157Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
2 — 20/11/2012 → 25/03/2017
Procedimiento
619/2012

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal25/03/2017
    ⚖️ BARCELONAProc. 619/2012Auto 02/03/2017

    Don Jesús Santiago Ortego Briongos, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 8 de Barcelona, Hago saber: Que en el concurso abreviado 619/2012 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de Disertecma, S.L.U., con domicilio en calle Joanot Martorell, número 24, de Sabadell (Barcelona), con CIF B-63093157. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (artículo 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 2 de marzo de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Declaración de concurso20/11/2012
    ⚖️ BARCELONAProc. 619/2012Auto 15/10/2012

    Don Jesús Santiago Ortego Briongos, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 8 de Barcelona, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado: Numero de asunto: Concurso voluntario 619/2012 Seccion c. Fecha del auto de declaración: 15 de octubre de 2012. Clase de concurso (Voluntario/abreviado). Entidad concursada: "Disertecma, S.L. Unipersonal", con domicilio en Sabadell (Barcelona), calle Joanot Martorell, número 24, CIF número B-63093157. Administradores concursales: Sociedad profesional e incluida en la lista del Colegio de Economistas "Domingo & Rusiñol Assessors, S.L.", quien designa Administrador concursal a don Josep Maria Rusiñol Ribes, Economista Auditor. Direccion postal: General Britos, número 2, de 25002 de Lleida. Direccion electrónica: [email protected]. Régimen de las facultades del concursado (Intervenidas). Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas y en la forma establecida en el artículo 85 de la Ley Concursal, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación en el "Boletín Oficial del Estado". Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles. Barcelona, 30 de octubre de 2012.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.