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Concurso de acreedores

DISEÑO Y EJECUCION DE OBRAS SL

CIF B80742968Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
207/11/201107/08/2014
Procedimiento
339/2010
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Madrid · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Madrid

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso07/08/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 2 de MadridProc. 339/2010Auto 25/07/2014

    El Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, anuncia: Que en el procedimiento nº 339/2010, por auto de fecha 16/07/14, se ha declarado la conclusión del concurso Necesario y Abreviado del deudor DISEÑO Y EJECUCION DE OBRA, SL., con nº CIF.B-80742968 instado por ELECTRIFICACIONES A.SIERRA, SL y SAC CLIMA, SL., y el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos de la concursada ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores. Se declara el cese de las limitaciones de la facultades de administración y disposición de la concursada así como de la Administración Concursal, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares, todo ello sin perjuicio de la posible reapertura del concurso ante la aparición de bienes y derechos. Se acuerda la extinción de la mercantil concursada y se dispone el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Madrid. Se aprueba la rendición de cuenta presentada por la Administración Concursal en su informe. Contra dicha resolución no cabe recurso alguno. Madrid, 25 de julio de 2014.- El Secretario Judicial.

  2. Otro acto concursal07/11/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de MadridProc. 339/2010Auto 30/09/2011

    El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Madrid, en cumplimiento de lo establecido en el art. 23 de la L.C., anuncia: 1º.- Que en el procedimiento Concurso n.º 339/2010 por auto de fecha 30 de septiembre de 2011 se ha declarado en concurso necesario al deudor DISEÑO Y EJECUCIÓN DE OBRA, S.L., con C.I.F. n.º B-80742968, con domicilio en Paseo de la Chopera, 277, de Madrid. 2º. - Que se acuerda la intervención del ejercicio de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, siendo intervenido por el Administrador Concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. 4º.- El Administrador Concursal es D. Roque Gambaro Royo, con domicilio en Madrid, calle Capitán Haya, 49-1.º D, de Madrid, con número de teléfono 963332910. El plazo para esta comunicación es el de 15 días a contar desde la presente publicación. Madrid, 20 de octubre de 2011.- Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.