Concurso de acreedores
DISDENE SL
CIF B30349310Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 29/02/2016 → 05/05/2016
- Procedimiento
- 795/2015
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia
Cronología del expediente
- Otro acto concursal05/05/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MurciaProc. 795/2015Auto 19/04/2016
Edicto. D.ª Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia, anuncia: 1. Que en el procedimiento Concurso Voluntario Abreviado 795/2015 de DISDENE, S.L., con CIF B-30349310, se ha dictado el 19 de abril de 2016 auto acordando la conclusión y archivo del procedimiento. 2. El auto se fundamenta en las causas previstas en el artículo 176 de la Ley Concursal. Y para que sirva con el fin de dar la publicidad prevista en los artículos 23, 24 y 177.3 de la Ley Concursal, se expide el presente, doy fe. Murcia, 19 de abril de 2016.- La Letrado de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso29/02/2016⚖️ MURCIAProc. 795/2015Auto 04/02/2016
Edicto D.ª Ana María Lacalle Espallardo, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Murcia, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº 795/2015 y NIG nº 30030 47 1 2015 0001789 se ha dictado en fecha 4 de febrero de 2016 auto de declaración de concurso del deudor DISDENE, S.L., con CIF B30349310, con domicilio en Yecla, Murcia, Ctra. de Valencia, km.99, s/n. 2º.- Se ha acordado la de las facultades de administración y disposición que quedan intervenidas por la Administración Concursal designada al efecto, mediante su autorización y conformidad. Se ha designado, como administración concursal al economista JOSÉ VIDAL MARTÍNEZ, con domicilio postal en Murcia, Plaza Circular, 9, 1.º A, 30008, teléfono 968282401, y dirección electrónica [email protected], señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia. 5º.- La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es http://www.oficinajudicialmurcia.es/. Murcia, 10 de febrero de 2016.- La Letrado de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.