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Concurso de acreedores
DIEGUEZ GLOBAL SL
CIF B15965825Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 6 — 04/11/2013 → 14/06/2021
- Procedimiento
- 240/2013
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA · Juzgado de lo Mercantil nº 1 de A Coruña · MERCANTIL - 1
Cronología del expediente
- Otro acto concursal14/06/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA Proc. 240/2013Juez : NURIA FACHAL NOGUERAuto 27/01/2021
Cese de las limitaciones de las facultades de administración
- Otro acto concursal14/06/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA Proc. 240/2013Juez : NURIA FACHAL NOGUERAuto 27/01/2021
Cese de Administrador concursal
- Conclusión del concurso14/06/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA Proc. 240/2013Juez : NURIA FACHAL NOGUERAuto 27/01/2021
Auto de conclusión de concurso
- Declaración de concurso25/05/2021⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de A CoruñaProc. 240/2013Auto 27/01/2021
Edicto Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de A Coruña, por el presente, Hago Saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número de concurso arriba referenciado 240/2013-C relativos al deudor Diéguez Global, S.L., CIF B-15.965.825 se ha dictado en fecha 27 de enero de 2021 el Auto de Conclusión en el que se acordó: Declarar la conclusión del concurso necesario ordinario de la entidad Diéguez Global, S.L., CIF B-15.965.825, e inscrita en el Registro Mercantil de A Coruña al tomo 2.908 del archivo, folio 83, hoja C-34249, por fin de la fase de liquidación, y archivar las presentes actuaciones. Se establecen los siguientes efectos: • Cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor. • Se acuerda la extinción de la persona jurídica concursada y el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil a cuyo efecto expídase mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de A Coruña. Procede librar mandamiento de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración. Y aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal, que cesará en el cargo, con devolución de la acreditación, a la firmeza de esta resolución. La resolución que acuerde la conclusión del procedimiento se notificará a las mismas personas a las que se hubiera notificado el auto de declaración de concurso, publicándose en el Registro público concursal y, por medio de edicto, en el «Boletín Oficial del Estado». Contra la presente resolución no cabrá interponer recurso alguno. Así lo acuerda manda y firma el Nuria Fachal Noguer, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Mercantil Núm. 1 de A Coruña, doy fe. A Coruña, 5 de enero de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.
- Conclusión del concurso20/05/2021⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 240/2013Juez : FERNANDO SANTISO VAZQUEZAuto 27/01/2021
1-Declarar la conclusión del concurso 2-Cese de las limitaciones 3-Extinción de la persona jurídica y cierre de la hoja de inscripción registral 4-Aprobar la rendición de cuentas de la Administración Concursal 5-Librese mandamiento a los Registros
- Declaración de concurso04/11/2013⚖️ A CORUÑAProc. 240/2013Auto 24/09/2013
Edicto Don Domingo Villafáñez García, Secretario Judicial de Xdo. do Mercantil n.º 1 de A Coruña, por el presente, Hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º sección I declaración de concurso 240/2013 y NIG n.º 15030 47 1 2013/0000458, se ha dictado en fecha 24 de septiembre de 2013, auto de declaración de concurso necesario abreviado del deudor Diéguez Global, S.L., con CIF B-15.965.825, y cuyo centro de intereses principales lo tiene en A Coruña, polígono de Pocomaco, parcela F19, CP 15190. 2.º Se ha acordado la suspensión a la deudora en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de sus bienes, en las que será sustituido por la administración concursal. Se ha designado como administración concursal a la sociedad profesional "Corporación Mercantil Land Word, S.L.P.", quien ha designado al Letrado don Jesús Graíño Ordóñez, con domicilio profesional en A Coruña, Avda. Alfonso Molina, n.º 5, bajo derecha. Teléfono 981 28 13 65. Fax 981 91 37 72, y correo electrónico administració[email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. A Coruña, 17 de octubre de 2013.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.