InicioJusticiaDICHOSAS INVERSIONES SOCIEDAD LIMITADA

Concurso de acreedores

DICHOSAS INVERSIONES SOCIEDAD LIMITADA

CIF B74443946Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
206/04/202112/04/2021
Procedimiento
03/2021 · 107/2021
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Oviedo · MERCANTIL - 2

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso12/04/2021
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 2 de OviedoProc. 03/2021Auto 25/03/2021

    Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Oviedo En este órgano judicial se tramita concurso abreviado 0000062/2021 (N.I.G.: 33044 47 1 2021 0000196) seguido a instancias de "Dichosas Inversiones, S.L.", con CIF nº B74443946, y domicilio en calle Manuel Pedregal, 11 – bajo. CP 33001 Oviedo, Asturias, en el que se ha dictado Auto de declaración y conclusión de concurso voluntario con fecha 25/03/2021, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Parte dispositiva 1.- Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por el Procurador Sra. Cortadi en nombre y representación Dichosas Inversiones, S.L. 2.- Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario, de Dichosas Inversiones, S.L. 3.- Se acuerda la conclusión del concurso de Dichosas Inversiones, S.L., por insuficiencia de la masa activa. 4.- Se acuerda la extinción de Dichosas Inversiones, S.L. 5.- Se acuerda el libramiento de mandamiento por duplicado al Registro Mercantil con testimonio de la presente resolución, y que será diligenciado por el procurador instante de éste expediente, para la cancelación de la inscripción de la concursada en el citado Registro. 6.- Esta resolución tendrá efectos declaratorios de insolvencia de la deudora a los efectos de cualquier reclamación que pudiera interponerse en vía laboral. 7.- Se acuerda la publicación en el Registro Público Concursal y en el BOE, haciéndose entrega a la representación procesal de Dichosas Inversiones, S.L., vía Lexnet. Modo de impugnación: 1.- Contra la declaración de concurso cabe, por quien acredite interés legítimo, recurso de apelación, que no tendrá carácter suspensivo. Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe. El/La Magistrado/a el/la Letrado de la Administración de Justicia. La dirección electrónica del Registro Público concursal es: www.publicidadconcursal.es/concursal-web/ Oviedo, 25 de marzo de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, Andrés Prada Horche.

  2. Conclusión del concurso06/04/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 107/2021Juez : ANDRES PRADA HORCHEAuto 25/03/2021

    Se dicta la declaración y conclusión del concurso y la extinción de la mercantil.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.