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Concurso de acreedores
DIAMANCENTER SL
CIF B36819340Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 03/05/2010 → 14/07/2021
- Procedimiento
- 100/2010
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PONTEVEDRA
Cronología del expediente
- Otro acto concursal14/07/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PONTEVEDRA Proc. 100/2010Juez : ELENA BERLANGA HERNANDEZAuto 26/03/2021
Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de acreedores número 236/2019, habiéndose dictado en fecha 31 de julio del 2019 por la Ilustrísima Señora Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Requena, auto
- Otro acto concursal16/12/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PONTEVEDRA Proc. 100/2010Juez : Alfonso Muñoz ParedesAuto 26/03/2021
Declarar la conclusión del concurso 222/2012 en el que figuraba como deudor Sánchez Sierra Sport S.L.L al comprobarse la inexistencia de bienes y derechos realizables del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores.
- Conclusión del concurso16/12/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PONTEVEDRA Proc. 100/2010Juez : FRANCISCO MODESTO GIL MONZÓAuto 26/03/2021
SE APRUEBA PLAN DE LIQUIDACION Y FORMACION SECCIN SEXTA PARA LA CALIFICACION DEL CONCURSO
- Otro acto concursal03/05/2010⚖️ PONTEVEDRAProc. 100/2010Auto 06/04/2010
Don José tronchoni Albert, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Pontevedra, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero.-Que en el procedimiento número 100/2010, por auto de 6 de abril de 2010 se ha declarado en concurso Voluntario al deudor Diamancenter, Sociedad Limitada, B-36819340, con domicilio en Salvatierra de Miño (Pontevedra), en Barrio de Ceo, parroquia de Alijan. Segundo.-Se nombra administrador único del concurso a doña María Coral Méndez Pérez, documento nacional de identidad 63037371-M, Abogada, que reúne los requisitos del artículo 27.1 de la Ley Concursal. Tercero.-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado. Cuarto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Pontevedra, 9 de abril de 2010.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.