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Concurso de acreedores

DIALEX GHOST CLUB SL

CIF B50916253Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
304/04/201511/07/2016
Procedimiento
107/2015
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n. 2 de Zaragoza · Jdo. de lo Mercantil N. 2 de Zaragoza

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso11/07/2016
    ⚖️ ZARAGOZAProc. 107/2015Auto 29/06/2016

    Edicto Doña Elena Buil Torralba, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza, anuncia: Primero.- Que en el procedimiento concursal voluntario abreviado número 107/2015-F, se ha dictado el auto de conclusión por finalización de la liquidación del concurso del deudor DIALEX GHOST CLUB, S.L., CIF B 50916253, de fecha 29 de junio de 2016. Segundo.- En dicho auto, se ha acordado la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones, el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes y sustituidas por la Administración concursal y se ha acordado el cierre de la hoja de inscripción en el Registro Mercantil. Tercero.- En dicho auto se ha acordado la publicación en Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado. Contra el referido auto no cabe recurso alguno. Zaragoza, 30 de junio de 2016.- Letrada de la Administración de Justicia.

  2. Declaración de concurso12/05/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n. 2 de ZaragozaAuto 17/03/2015

    Edicto Doña Elena Buil Torralba, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n. 2 de Zaragoza, Anuncia: 1. Que en la Sección I, Declaración Concurso 0000107 /2015-F, dictado Auto de Declaración de concurso referente al deudor Dialex Ghost Club, S.L., CIF B 50916253, domicilio social, calle María Lostal, 26, de Zaragoza, cuya declaración de Concurso lo fue en fecha 17 de marzo de 2015, subsanando el anterior Edicto, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa. 2. Dentro del plazo de 10 días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial. 3. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador (artículo 184.3 de la LC). Zaragoza, 22 de abril de 2015.- La Secretaria Judicial.

  3. Declaración de concurso04/04/2015
    ⚖️ Jdo. de lo Mercantil N. 2 de ZaragozaAuto 19/03/2015

    Edicto Doña Elena Buil Torralba, Secretario/a Judicial de Jdo. de lo Mercantil N. 2 de Zaragoza, Por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º seccion I Declaración de concurso 00000107/2015-F y NIG n.º 50297 47 1 2015 0000209, se ha dictado en fecha 11 de febrero de dos mil quince Auto de declaración de concurso Dialex Ghost Club S.L., CIF B 50916253, domicilio social número 26, calle María Lostal. 2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición de su patrimonio. Se ha designado, como administración concursal a Don JOSÉ LUIS VALERO CAPILLA en nombre y representación de calle Avenida Tenor Fleta 56, escalera izquierda, principal, Zaragoza(50008), dirección electrónica señalada, [email protected] Para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Determinar que las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio del deudor quedan suspendidas, siendo el deudor sustituido por la administración concursal antes expresado, se ha presentado Plan de Liquidación por la concursada. 5.º Se acuerda el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. Zaragoza, 19 de marzo de 2015.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.