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Concurso de acreedores

- DIADUR TOOLS, S.L

CIF A58049636Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
311/05/201028/02/2017
Procedimiento
304/2010
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso28/02/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 304/2010Auto 02/02/2017

    Doña Mari Carmen Fernandez Hidalgo, Letrada de la Adm. de Justicia sust. del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 304/2010, en el que se ha dictado auto de archivo del procedimiento por insuficiencia de masa activa de la entidad DIADUR TOOLS, S.L, con CIF núm. A58049636 y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto.- Concurso voluntario 304/2010 Sección C1. Nig del procedimiento.- 08019-47-1-2010-8001470. Entidad concursada.- DIADUR TOOLS, S.L., con CIF n.º A58049636. Tipo de concurso.- Voluntario. Fecha del auto de conclusión.- 2 de febrero de 2017. Barcelona, 2 de febrero de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

  2. Declaración de concurso18/06/2011
    ⚖️ BARCELONAProc. 304/2010Auto 19/04/2010

    Doña María Aránzazu Alameda López, Secretría del Juzgado Mercantil n.º 3 de Barcelona dicto el presnete edicto al objeto de dar publicidad a la sentencia de aprobación de convenio dictada por este Juzgado: Número de asunto.:Concurso voluntario 304/2010 Sección C1. Entidad concursada: Diadur Tools, S.L., con CIF nº A58049636. Fecha del auto de declaración: 19 de abril de 2010. Fecha de la sentencia de aprobación del convenio: 31 de mayo de 2011. Fallo: La aprobación del convenio de acreedores de la entidad mercantil Diadur Tools, S.L., adquiriendo plena eficacia en los términos legales desde la fecha de su aprobación, cesando los efectos de la declaración de concurso y cesando los admisnitardores excepto en las labores derivadas de la sección de calificación y la fiscalización de la completa satisfacción de los créditos contra la masa. Debe formarse la sección sexta o de calificación, que se encabezará con testimonio de la solicitud de concurso, de los documentos acompañados con la solicitud y los requeridos con posterioridad, con testimonio del auto de declaración de concurso y testimonio de esta sentencia, se abre el plazo de 10 días para que cualquier acreedor o persona que acredite interés legitimo pueda personarse alegando por escrito cuando considere relevante para la calificación del concurso como culpable. La sentencia que apruebe el convenio debe ser publicitada en la forma prevista en el artículo 23 y 24 de la Ley Concursal, a tal fin se ordena librar edicto que recoja el fallo de esta sentencia, edicto que habrá de someterse al mismo régimen de publicidad que tuvo el auto de declaración de concurso. No hay condena en costas. Contra esta Sentencia podrá interponerse recurso de apelación ante la Sala de lo Civil de la Audiencia Provincial de Barcelona, recurso que habra de presentarse en este Juzgado en plazo de cinco días desde su notificación. Barcelona, 31 de mayo de 2011.- La Secretaria Judicial.

  3. Declaración de concurso11/05/2010
    ⚖️ BARCELONAProc. 304/2010Auto 19/04/2010

    D/ña. María Aranzazu Alameda López, Secretaria del Juzgado Mercantil n.º3 de Barcelona dicto, de conformidad con el artículo 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado: Número de asunto: Concurso voluntario 304/2010 sección c1. Entidad Concursada: Diadur Tools, S.L., con CIF nºA58049636. Fecha del Auto de Declaración: 19 de abril de 2010. Administradores Concursales: Don Miguel Ángel Pacheco Ortiz (economista), como administrador concursal único, con correo electrónico mapacheco@ bufetecano.es. Facultades del Concursado: Intervenida. Llamamiento a los acreedores: Disponen del plazo de 15 días desde la publicación de los edictos para comunicar los créditos a la administarción concursales la existencia de su crédito a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación conforme establece el artículo 85 de la Ley Concursal, dichos créditos deberán ir dirigidos a la unidad de apoyo concursal sito en Barcelona en la Gran Via de les Corts Catalanes, n.º111, planta 13. Los autos, informes y documentación trascendental del concurso quedan en la Secretaría del Juzgado para su examen por los interesados, en horas de audiencia. Barcelona, 20 de abril de 2010.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.